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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (14/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de agosto de 2011 448419 Amplían plazo de Declaratoria de Situación de Emergencia del Sistema de Alcantarillado de la ciudad de Camaná ACUERDO REGIONAL Nº 073-2011-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 9 de agosto del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, ante el colapso del sistema de alcantarillado de la ciudad de Camaná, en el ejercicio de las competencias que le corresponde al Consejo Regional se aprobaron: ((a)) el Acuerdo Regional Nº 064-2010-GRA/CR-AREQUIPA de fecha 25 de junio de 2010, por el cual, se declaró en Situación de Emergencia el Sistema de Alcantarillado de la ciudad de Camaná por el plazo de (12) meses, para el propósito de que se adopten acciones y medidas urgentes, inmediatas y necesarias; y también, ((b)) el Acuerdo Regional Nº 081-2010-GRA/CR-AREQUIPA de fecha 19 de agosto de 2010, aprobándose una transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Camaná, por el monto de 1’000,000.00 nuevos soles, para la ejecución del Proyecto denominado “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado de la ciudad de Camaná – Arequipa”, con Código SNIP Nº 49537. Que, en la medida que el 25 de junio de 2011 ha vencido el plazo de (12) meses de la Situación de Emergencia declarada; que, el Informe Nº 169-2011-GRA/GRSA/GR- DESA-SB-RS de fecha 23 de junio de 2011, remitido por la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, revela que el sistema de alcantarillado aún presenta serias defi ciencias y obras pendientes por ejecutar; y que, en efecto, la Aplicación Informática denominada “Módulo de Seguimiento a la Inversión Pública” (anteriormente MOSIP, hoy SOSEM) del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a la ejecución del proyecto de inversión referido, registra avances del 0% por parte del Gobierno Regional de Arequipa, y, del 10% por parte de la Municipalidad Provincial de Camaná; entonces, en atención a que: i.-)) las redes del sistema de alcantarillado existentes fueron instaladas desde hace aproximadamente (45) años, ii.-)) que las mismas fueron proyectadas para una población que no sobrepasaba los 3,500 habitantes; iii.-)) que se construyeron para una capacidad de escorrentía en volumen de 25 litros/seg; iv.-)) que, la expansión urbana en los distritos de la ciudad de Camaná, ha determinado el incremento del volumen de aguas servidas; v.-)) ante lo cual, el colapso de las redes de desagüe (tuberías de alcantarillado), ha sobrevenido debido a la corrosión, antigüedad y cumplimiento de la vida útil de las redes; por estas consideraciones, con el único propósito de tutelar la salud pública y el equilibrio ambiental de la zona, deviene en imperativo e impostergable, la ampliación del plazo de la Situación de Emergencia antes declarada. Que, al amparo de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; exonerado el trámite de comisión, y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/ CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- AMPLIAR en (12) meses la Declaratoria de Situación de Emergencia del Sistema de Alcantarillado de la ciudad de Camaná, aprobada por Acuerdo Regional Nº 064- 2010-GRA/CR-AREQUIPA, plazo que regirá a partir del día siguiente de publicado el presente Acuerdo Regional. Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Diario Regional de Avisos Judiciales. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. HENRRY IBAÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 676960-1 Declaran en Situación de Emergencia el Sector de Pescadores en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná por problema fitosanitario ocasionado en cultivos por la mosca blanca ACUERDO REGIONAL Nº 074-2011-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 9 de agosto del 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Extraordinaria aprobó el siguiente acuerdo: CONSIDERANDO: Que, conforme lo señala el Ofi cio Nº 314-11-GRA/GRAG- AACAM y el Informe Nº 002-11-GRA/GRAG-AACAM-OA, ambos de fecha 8 de agosto de 2011, se ha constatado en áreas de cultivo del Sector de Pescadores, Distrito de Ocoña, Provincia de Camaná, la presencia e infestación de la mosca blanca (Siphoninus phillyreae) en cultivos de olivo, tomate, rocoto y plantaciones de palto. Que, ante el grave problema fi tosanitario referido y su inminente extensión hacia otras zonas, corresponde la adopción de acciones inmediatas y el trabajo coordinado y conjunto de SENASA, la Gerencia Regional de Agricultura, Autoridades Locales y productores o asociaciones de productores afectados. Que, por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; exonerado el trámite de comisión, y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA. SE ACUERDA: Primero.- DECLARAR en Situación de Emergencia por el plazo de (30) días calendario, en el Sector de Pescadores, Distrito de Ocoña, Provincia de Camaná, ante el grave problema fi tosanitario que viene ocasionando a los cultivos la presencia e infestación de la mosca blanca (Siphoninus phillyreae). Segundo.- ESTABLECER que el Ejecutivo Regional a través de la dependencia encargada, determine la contratación de lo estrictamente necesario y/o si fuera el caso lleve a cabo la contratación defi nitiva de bienes o servicios, a los efectos de remediar la situación de emergencia o necesidades sobrevinientes, en aplicación de lo regulado en el primer párrafo del artículo 128 del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF / Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Tercero.- PRECISAR que es responsabilidad del Ejecutivo Regional en sus respectivas instancias y ofi cinas encargadas: ((a)) realizar las contrataciones en observancia de los principios de moralidad, razonabilidad, efi ciencia, transparencia, economía y vigencia tecnológica; y, ((b)) presentar por ante el Consejo Regional, con los requisitos y dentro de los plazos de Ley, los expedientes y procesos de contratación que se realicen durante el período de la presente Declaración de Situación de Emergencia, esto último, de conformidad con lo regulado en el segundo párrafo del artículo 128 del Decreto Supremo Nº 184-2008- EF / Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional tanto el Diario Ofi cial El Peruano como en el Diario Regional de Avisos Judiciales. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. HENRRY IBAÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa 676960-2 Amplían plazo de Declaratoria de Situación de Emergencia aprobada por Acuerdo Nº 051-2011-GRA/CR- AREQUIPA ACUERDO REGIONAL Nº 075-2011-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 9 de agosto del 2011