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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (29/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de agosto de 2011 449202 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Delegan a diversos funcionarios la competencia de expedir resoluciones de nombramiento RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 811-2011-PRES Huacho, 18 de agosto de 2011 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, y concordado con el artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible; Que, la Ley Nº 29465 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010, modifi cada por el artículo Nº 01 del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, en su Quincuagésima Segunda Disposición Final autoriza el nombramiento progresivo del personal en las entidades del Sector Público, que a la entrada en vigencia de la referida Ley cuenten con más de tres (3) años de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales y reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondientes. La mencionada disposición también establece que dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público y se efectúa previo concurso público de méritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR; Que, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, aprueba los Lineamientos para el Nombramiento de Personal Contratado del Sector Público, cuya finalidad es regular los procesos de nombramiento de personal contratado por servicios personales en el sector público bajo los regímenes de carrera, en el marco de las atribuciones previstas por la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 113-2009-PCM, asimismo dispone que el TITULAR DE CADA PLIEGO EMITIRÁ LA RESOLUCIÓN DE NOMBRAMIENTO, siendo en el presente caso el Presidente del Gobierno Regional de Lima, la cual da por concluido el proceso de nombramiento abreviado y por concurso de cada entidad; Que, con fecha 29 de diciembre del 2010, se publica en el Diario Ofi cial El Peruano la Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, el cual dispone que en el numeral 7. Nombramiento a través de Proceso Abreviado (pág. 431210), DICE: 7.2. Emisión de Resolución de Nombramiento (...) La Resolución de Nombramiento deberá ser emitida dentro del presente ejercicio presupuestal, DEBE DECIR: 7.2 Emisión de Resolución de Nombramiento (...). La Resolución de Nombramiento deberá ser emitida por el Titular del Pliego de cada entidad; Que, el numeral 9. Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, establece: “Las competencias contenidas en los presentes Lineamientos y que se otorgan a los Titulares de Pliego, podrán ser delegadas mediante resolución expresa; Que, mediante Ley Nº 29753, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de julio de 2011, se ha autorizado a las entidades del sector público a concluir en el año 2011 el proceso de nombramiento del personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2010, y modifi catorias, aplicando los artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, que aprueba Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado, consecuentemente habiéndose levantado la prohibición de nombramiento contenida en el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto para el Año Fiscal 2011, las unidades ejecutoras de educación del Gobierno Regional de Lima a partir del 15 de julio se encuentran facultadas para que en el presente año fi scal culminen con el proceso de nombramiento del personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2010, y modifi catorias, aplicando los artículos pertinentes del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, dispone “La Unidad de Gestión Educativa Local es una instancia de ejecución descentralizada del Gobierno Regional con autonomía en el ámbito de su competencia. Su jurisdicción territorial es la provincia. (...)”, asimismo en el artículo 76º señala: “La Dirección Regional de Educación es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Tiene relación técnico- normativa con el Ministerio de Educación (...)”; Que, estando a que la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias es un órgano especializado del Gobierno Regional de Lima responsable del servicio educativo y atendiendo a que las Unidades de Gestión Educativa Local Nº 08-Cañete, Nº 09-Huaura, Nº 10-Huaral, Nº 11- Cajatambo, Nº 12-Canta, Nº 13- Yauyos, Nº 14-Oyón, Nº 15-Huarochirí y Nº 16-Barranca son instancias de ejecución descentralizada del Gobierno Regional de Lima en el servicio educativo cuya jurisdicción es la provincia; y amparados en el numeral 9. Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM que dispone que el titular del pliego puede delegar su competencia, consistente en la expedición de las Resoluciones de nombramiento que ponen fi n al proceso de nombramiento sea mediante proceso abreviado o por concurso llevados a cabo en la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias y en las Unidades de Gestión Educativa Local de su jurisdicción, y atendiendo a lo regulado en el numeral 67.1 del artículo 67º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, que dispone: las entidades pueden delegar el ejercicio de la competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancia de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, amerita que la Presidencia Regional mediante acto resolutivo en su calidad de Titular del Pliego delegue en el titular de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias y los titulares de las Unidades de Gestión Educativa Local Nº 08-Cañete, Nº 09-Huaura, Nº 10-Huaral, Nº 11- Cajatambo, Nº 12-Canta, Nº 13- Yauyos, Nº 14-Oyón, Nº 15-Huarochirí y Nº 16-Barranca, la competencia de expedir las Resoluciones de nombramiento que ponen fi n al proceso de nombramiento sea mediante proceso abreviado o por concurso llevado a cabo en sus respectivas jurisdicciones; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 12º dispone “Los procedimientos y trámites administrativos en asuntos de competencia de los gobiernos regionales y locales son sustanciados conforme a la Ley de la materia, y se agotan en la respectiva jurisdicción regional o municipal”. De conformidad con la Ley Nº 29465-Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2010, modificada con el Decreto de Urgencia Nº 113- 2009, Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, Ley Nº 29753, Ley Nº 27444, y en uso de las atribuciones que le otorga la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos