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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de agosto de 2011 449205 para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. ACERAS.- Serán de concreto de calidad de fc= 175 kg/cm2 de 0.15 m. de espesor, construidas sobre un terraplén compactado, conformado por material de buena calidad. El acabado con mezcla de cemento – arena fina en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de ¾’’ cada 5.00 ml, debidamente nivelado y frotachado, conformando una losa monolítica con dicha acera. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. SARDINELES.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardinales de concreto de calidad de fc= 175 kg/cm2 y de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. En el extremo libre de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas de dimensiones de 0.15 m. x 0.30 m. RAMPAS PEATONALES.- en los lugares señalados en el Plano de Lotizacion, se construirán rampas en las bermas que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma técnica NTE – U.190 190 “Adecuación Urbanística para las personas con Discapacidad”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 7.2.2001 y lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones; las obras serán sometidas a los controles establecidos por cuenta de los interesados. ESTACIONAMIENTOS VEHICULARES.- Las zonas de estacionamiento vehicular, para su construcción, tendrán las mismas características de subrasante, base y superfi cie de rodadura y desgaste, que las descritas para las calzadas de las vías. OBRAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO.- Las obras para los servicios de agua potable y alcantarillado serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que serán aprobados por SEDAPAL, los mismos que se desarrollarán cumpliendo las normas y requisitos que dicha empresa establece, basados en redes públicas, bajo superfi cie, con interconexión a las redes públicas de los mismos servicios existentes en el sector. OBRAS DE ELECTRIFICACIÓN.- Las obras de abastecimiento de energía eléctrica serán ejecutadas de conformidad con los proyectos que serán aprobados por EDELNOR, basadas en el punto de alimentación que designará la empresa concesionaria del servicio y la conducción de la energía será por redes públicas de tipo subterráneo para dotar del servicio de alumbrado público a las vías y espacios públicos con redes de servicio particular, también de tipo subterráneo, para las instalaciones propias del uso comercial. Artículo Tercero.- ACEPTAR a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. la redención en dinero del défi cit de los Aportes Reglamentarios, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras, dichos défi cit deberán ser valorizados y cancelados en cada una de las entidades correspondientes, según el siguiente cuadro: Cuadro General de Aportes, según Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACIÓN : Comercio Zonal - CZ. ÁREA TOTAL BRUTA : 5,003.51 m2 ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 5,003.51 m2 APORTE % ORD 836-MML PROYECTO DEFICIT PARQUES ZONALES (SERPAR) 5.00 250.176 m2 - 250.176 m2 RENOVACIÓN URBANA (FOMUR) 3.00 150.105 m2 - 150.105 m2 Servicios Públicos Complementarios (MUNICIPALIDAD DISTRITAL) 2.00 100.070 m2 - 100.070 m2 TOTAL 10.00 500.351 m2 - 500.351 m2 NOTA.- (*) El Défi cit de aportes reglamentarios por Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) ha sido redimido en dinero. (**) El Défi cit de aportes reglamentarios por Parques Zonales (SERPAR) y Renovación Urbana (FOMUR) serán redimidos en dinero. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. la construcción simultánea, previa obtención de la Licencia de Obra tramitada ante la Sub Gerencia de Obras Privadas de esta Municipalidad. Artículo Quinto.- DISPONER que HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., al concluir con las obras del proyecto de habilitación urbana deberá solicitar la recepción de obras, de acuerdo a lo indicado en el Numeral c. Artículo 13º de la Ley Nº 29090. Artículo Sexto.- ESTABLECER que la presente licencia de Habilitación Urbana tiene una vigencia de treinta y seis (36) meses, conforme lo estipula el Artículo 11º de la Ley Nº 29090. Artículo Sétimo.- DÉJESE, como carga inscrita en el Registro de Predios, el pago pendiente por el défi cit de Aportes Reglamentarios correspondientes a Parques Zonales (SERPAR) de 250.176 m2 y Renovación Urbana (FOMUR) de 150.105 m2, dicha carga será levantada cuando se cumpla con los pagos de los défi cit de aportes. Artículo Octavo.- REMITIR el FUHU, copia de la presente Resolución Subgerencial, un juego del Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano de Pavimentos, Plano de Lotización y la Memoria Descriptiva, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, SERPAR Lima y al Fondo Metropolitano de Renovación y Desarrollo Urbano, para su conocimiento, según lo establecido en el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 024 - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación. Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano a cargo de los interesados en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la notifi cación de la presente. Artículo Décimo Primero.- DISPONER el cumplimiento y notifi cación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENZO GARCÍA VERGARA Subgerente de Habilitaciones Urbanas 683514-1