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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (29/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 29 de agosto de 2011 449203 Regionales, Ley Nº 28044 y Ley Nº 27783, y en uso de la facultades conferidas por las disposiciones legales vigentes; Con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Social, y Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el titular de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias y en los titulares de las Unidades de Gestión Educativa Local Nº 08-Cañete, Nº 09-Huaura, Nº 10-Huaral, Nº 11- Cajatambo, Nº 12-Canta, Nº 13- Yauyos, Nº 14-Oyón, Nº 15-Huarochirí y Nº 16-Barranca, la competencia de expedir las Resoluciones de nombramiento que ponen fi n al proceso de nombramiento sea mediante proceso abreviado o por concurso llevados a cabo en sus respectivas jurisdicciones, conforme a los lineamientos aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM y la Ley Nº 29753. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución Ejecutiva Regional al Director Regional de Educación de Lima Provincias y a los Directores de las Unidades de Gestión Educativa Local Nº 08-Cañete, Nº 09-Huaura, Nº 10-Huaral, Nº 11-Cajatambo, Nº 12-Canta, Nº 13- Yauyos, Nº 14-Oyón, Nº 15-Huarochirí y Nº 16-Barranca, para su fi el cumplimiento. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Lima, en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de mayor circulación a nivel regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE Presidente Regional 683081-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban proyecto y autorizan a Hipermercados Tottus S.A. la ejecución de obras de habilitación urbana en terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN SUBGERENCIAL N° 075-2011-MDSJL-GDU/SGHU San Juan de Lurigancho, 22 de julio de 2011 LA SUBGERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS DE LA GERENCIA DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Expediente Nº 15130-H1-2011 de fecha 21 de marzo del 2011, presentado por HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., debidamente representado por su apoderado, señor Pablo Seminario Butrich, quien solicita la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único con Construcción Simultanea, bajo la Modalidad de Aprobación D - Aprobación con Evaluación Previa de Comisión Técnica, para Uso de Comercio Zonal CZ, sobre el terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la Av. Principal (antes Prolongación Malecón Checa) Sub Lote 1-1A de la Manzana L de la Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. es propietaria del terreno de 5,003.51 m2, ubicado en la Av. Principal (antes Prolongación Malecón Checa) Sub Lote 1-1A de la Manzana L de la Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, el mismo que está inscrito en la Partida Nº 11990679 del Registro de Propiedad Inmueble de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, solicita la Aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana Nueva como Lote Único con Construcción Simultanea, bajo la Modalidad de Aprobación D - Aprobación con Evaluación previa de Comisión Técnica, para Uso de Comercio Zonal CZ; Que, el Numeral 2.1 del Artículo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, publicada el 25 de setiembre del 2007, señala que los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación obligatoria a nivel nacional, además determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edifi cación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008- VIVIENDA, publicados el 27 de setiembre del 2008, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitación Urbana y Licencias de Edifi cación, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verifi cación Administrativa y Técnica, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9 del Artículo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, las municipalidades distritales en el ámbito de su jurisdicción, tienen competencia para la aprobación de proyectos de habilitación urbana y de edifi cación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 29090, refi ere que para la obtención de las licencias de habilitación o de edifi cación existen cuatro modalidades: Modalidad A, Modalidad B, Modalidad C y Modalidad D; Que, el Numeral 17.3 del Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, señala que se sujetan a la Modalidad D - Aprobación con Evaluación previa de Comisión Técnica, las habilitaciones urbanas para fi nes comerciales; Que, por Resolución de Alcaldía Nº 047 de fecha 22 de febrero del 2008, se resuelve aprobar la conformación de los miembros de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas del Distrito de San Juan de Lurigancho; Que, de acuerdo al Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 1033-2010-MML-GDU-SPHU de fecha 22 de octubre del 2010, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señala que el terreno ubicado en la Av. Prolongación Malecón Checa Sub Lote 1-1A de la Manzana L de la Urbanización Campoy, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, se encuentra califi cado como Comercio Vecinal – CZ y Residencial de Densidad Media - RDM, conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML; Que, en el aspecto vial según el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, el terreno se encuentra afecto a la Av. Campoy, califi cada como Vía Colectora, tipo C-73, con un ancho de vía en el tramo de Av. Gran Chimú – Av. Palma con 30.00 ml; Que, según el Certifi cado de Alineamiento Nº 108-2011-MML-GDU-SPHU de fecha 11 de mayo del 2011, expedido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, precisa que el área de afectación del terreno ubicado en la Av. Principal