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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de diciembre de 2011 454199 Nacional de Salud; dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo retornar a su plaza de carrera en su entidad de origen. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 28 de noviembre del 2011, la renuncia formulada por el Lic. Aquiles Enrique Muñante Manrique al cargo de Asesor II, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud; dándosele las gracias por los servicios prestados, debiendo retornar a su plaza de carrera en su entidad de origen. 722848-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban proyecto del Anexo 12 denominado “Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones” del Reglamento General de Tarifas y disponen su publicación RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 053-2011-SUNASS-CD Lima, 29 de noviembre de 2011 VISTOS: El Informe Nº 041-2011-SUNASS/100 de la Gerencia de Políticas y Normas y de la Gerencia de Regulación Tarifaria, que contienen el proyecto de Anexo 12 denominado “Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones” del Reglamento General de Tarifas aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y su correspondiente Exposición de Motivos. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3.1 de la Ley N° 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, señala que los Organismos Reguladores ejercen la función normativa que comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las Entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5º del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017- 2001-PCM, establece el Principio de Transparencia en virtud del cual las decisiones de la SUNASS serán debidamente motivadas y las decisiones normativas y/o reguladoras serán prepublicadas para recibir opiniones de los administrados; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20° del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento y el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. El Consejo Directivo en Sesión Nº 22-2011; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar el proyecto del Anexo 12 denominado “Lineamientos para la Conformación y Gestión del Fondo de Inversiones”, y disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. La correspondiente Exposición de Motivos se publicará en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2°.- Otorgar a los interesados un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la presente resolución, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto de Resolución de Consejo Directivo y su Exposición de Motivos señalados en el artículo anterior, en el local de la SUNASS ubicado en Av. Bernardo Monteagudo N° 210 – 216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Con el voto aprobatorio de los señores Consejeros José Eduardo Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Marlene Amanda Inga Coronado y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese y publíquese. JOSÉ EDUARDO SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 723036-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de noviembre de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 311-2011-INEI Lima, 30 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con carácter de Norma Legal, la Variación Mensual que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, dispone que el INEI, deberá publicar mensualmente con carácter de Norma Legal, la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, en el mes de enero del 2010 se realizó la revisión de la metodología y de los procedimientos de cálculo del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, estableciéndose como período Base: Año 2009=100,00; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de noviembre de 2011 y la Variación Acumulada del Índice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre del 2010, así como aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios al Consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 2009 = 100,00) correspondiente al mes de noviembre de 2011, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2011 ENERO 102,58 0,39 0,39 FEBRERO 102,97 0,38 0,77