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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de diciembre de 2011 454200 AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA MARZO 103,70 0,70 1,48 ABRIL 104,40 0,68 2,17 MAYO 104,38 -0,02 2,15 JUNIO 104,48 0,10 2,25 JULIO 105,31 0,79 3,06 AGOSTO 105,59 0,27 3,33 SETIEMBRE 105,94 0,33 3,68 OCTUBRE 106,28 0,31 4,01 NOVIEMBRE 106,74 0,43 4,46 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, correspondiente al mes de noviembre de 2011, documento que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 723683-1 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de noviembre de 2011 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 312-2011-INEI Lima, 30 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática INEI, elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de noviembre de 2011, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional con la Base: Año 1994= 100,00, correspondiente al mes de noviembre de 2011, así como su variación mensual y acumulada. AÑO / MES NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2011 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE 199,037811 200,302465 201,637761 203,876631 204,490161 205,114189 205,768003 206,682448 208,069404 208,515420 209,388972 0,97 0,64 0,67 1,11 0,30 0,31 0,32 0,44 0,67 0,21 0,42 0,97 1,62 2,29 3,43 3,74 4,06 4,39 4,85 5,56 5,78 6,23 Artículo 2°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la Información Ofi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de noviembre de 2011. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe 723683-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Conforman en la ciudad de Lima dos Salas Transitorias del Tribunal Registral para la atención de recursos de apelación de las Sedes de Lima, Trujillo y Arequipa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 090-2011-SUNARP/SA Lima, 30 de noviembre de 2011 VISTOS, el Informe N° 1062-2011-SUNARP-TR-PT, el Ofi cio N° 1026-2011-SUNARP-TR-PT, el Ofi cio N° 2034- 2011-SUNARP-TR-PT, el Informe N° 288- 2011-SUNARP/ GR, el Informe N° 878-2011-SUNARP/GL; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al literal b) del artículo 13° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N°135-2002-JUS, entre las funciones del Superintendente Adjunto se encuentran la de supervisar la realización del control posterior de las observaciones e inscripciones efectuadas, así como el seguimiento y control del cumplimiento de los plazos de atención de los recursos de apelación tramitados ante el Tribunal Registral; Que, de conformidad al artículo 28° del Estatuto de la SUNARP, el Tribunal Registral es el órgano de segunda instancia administrativa registral, con competencia nacional, encargado de conocer y resolver en segunda y última instancia administrativa las apelaciones contra las observaciones, tachas y otras decisiones de los registradores y abogados certifi cadores, en su caso, emitidas en el ámbito de su función registral, para cuyo efecto cuenta con Salas descentralizadas e itinerantes; Que, si bien en virtud del Cuadro de Asignación de Personal, aprobado por Resolución Suprema N° 255- 2009-JUS, se prevé veintidós (22) plazas de Vocales para la conformación de siete Salas del Tribunal Registral; en atención a la carga laboral existente, por Resolución N° 02-2011-SUNARP-SA del 14 de enero del 2011, se conformaron cinco Salas del Tribunal Registral; Que, mediante Informe N° 1062-2011-SUNARP-TR-PT, Ofi cio N° 1026-2011-SUNARP-TR-PT y Ofi cio N° 2034- 2011-SUNARP-TR-PT, la Presidenta del Tribunal Registral comunica la existencia de un alto número de expedientes en tramitación en el Tribunal Registral al 31 de octubre de 2011, siendo necesario implementar mecanismos para garantizar el cumplimiento de los plazos de atención y la óptima prestación de los servicios registrales, a través de la conformación dos Salas Transitorias que nivelen los saldos pendientes de atención por parte del Tribunal Registral; Que, por Resolución N° 024-2010-SUNARP/SA del 30 de diciembre de 2010 se ofi cializó la nómina de Vocales Suplentes del periodo 2011-2012, siendo parte de ella, la Registradora Pública Evelyn Lourdes Bedoya Gálvez; Que, asimismo por Resolución N° 019-2011- SUNARP-SA del 30 de mayo de 2010 se incorporó a la nómina de Vocales Suplentes del periodo 2011-2012, a la Registradora Pública Sonia Florinda Campos Fernández; Que, del mismo modo por Resolución N° 031-2011- SUNARP-SA del 07 de octubre de 2011 se incorporó a dicha nómina al Registrador Público Gustavo Rafael Zevallos Ruete; Que, mediante informe de visto, la Gerencia Legal informa que procede la creación de dos salas transitorias