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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (01/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de diciembre de 2011 454197 Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 050-2009-MTC/12 del 05 de marzo del 2009, modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 049- 2010-MTC/12 del 22 de febrero del 2010, Resolución Directoral Nº 145-2010-MTC/12 del 11 de mayo del 2010 y Resolución Directoral Nº 315-2010-MTC/12 del 04 de noviembre del 2010, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 719690-1 VIVIENDA Modifican el Manual de Operaciones del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, aprobado por R.M. N° 024-2010-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2011/VIVIENDA Lima, 29 de noviembre de 2011 VISTO: El Memorándum N° 466-2011/VIVIENDA-VMVU del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, el Informe N° 111- 2011/VIVIENDA-VMVU-PIMBP del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, el Memorando Nº 1093-2011/VIVIENDA-OGA de la Dirección General de Administración, y el Memorándum Nº 797-2011-VIVIENDA/ VMVU/PIMBP del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 09 de diciembre del 2004, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante el Ministerio, y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, en adelante el PNUD, el cual fue aprobado por la Resolución Suprema N° 009-2004- VIVIENDA, en adelante el Convenio del año 2004, con el objeto de establecer mecanismos de coordinación, cooperación y asistencia para la implementación de actividades orientadas a brindar asistencia técnica y profesional para la programación y ejecución de proyectos que conduzcan a la mejora del entorno y de las propias viviendas de las poblaciones de bajos recursos; considerando el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”, el Proyecto “Producción Urbana Primaria” y el Proyecto “La Pólvora”; Que, por Decreto Supremo N° 017-2007-VIVIENDA, se creó el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos - PIMBP, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, que absorbe y al cual se fusionan: el Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - “Mejorando Mi Pueblo”, el Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio”, el Programa de Protección Ambiental y Ecología Urbana en Lima y Callao, y el Programa de Reconstrucción de Viviendas; Que, por otro lado, con fecha 02 de octubre del 2007, se suscribió otro Convenio entre este Ministerio y el PNUD, aprobado por la Resolución Ministerial N° 505-2007- VIVIENDA, en adelante el Convenio del año 2007, para la programación y ejecución de proyectos que conduzcan a la mejora del entorno urbano y rural de las poblaciones de bajos recursos, en el marco de los Proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo”; y en el numeral 4.5.1 de la Cláusula Cuarta indica que una de las tareas del Ministerio es designar al Responsable del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, en adelante PIMBP, en calidad de Responsable del Programa, como único interlocutor que el PNUD reconocerá a efectos de órdenes de pago, contrataciones, solicitudes de asistencia técnica y/o pedidos de información referidos al Programa y/o Proyectos que se deriven de dicho Convenio; Que, bajo el marco del numeral 3.3 de la Cláusula Tercera “Compromisos de las Partes” del Convenio del año 2007, que señala que a solicitud del Ministerio, el PNUD colaborará en coordinar y concretar la participación de otras agencias especializadas del Sistema de las Naciones Unidas, se suscribió el Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno del Perú y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, con fecha 31 de octubre de 2007, acerca de servicios de administración y de apoyo que han de ser proporcionados por la Ofi cina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas – UNOPS respecto a los proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo” del PIMBP; el cual fue modifi cado a través de la Segunda y tercera enmienda al Memorándum; Que, a través del Memorándum N° 797-2011- VIVIENDA/VMVU/PIMBP, el Director Ejecutivo (e) del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos remitió a la Ofi cina General de Administración varios Informes Técnico Financieros elaborados respecto de los proyectos de inversión pública que se ejecutaron en el marco de los Convenios suscritos por el Ministerio y el PNUD; adjuntando la Resolución Directoral de aprobación de Liquidación de cada obra, emitida por el PIMBP; Que, mediante el Memorándum N° 1093-2011/ VIVIENDA-OGA, la Ofi cina General de Administración remite un proyecto de Resolución Ministerial que modifi ca el Manual de Operaciones del PIMBP, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 024-2010-VIVIENDA, a fi n que se incluya como precisión que, es función de su Director Ejecutivo, el aprobar la liquidación de la obra y la liquidación técnica fi nanciera de las obras y/o intervenciones en los proyectos que desarrolla el PIMBP, dado que dicho Programa es el encargado de efectuar el seguimiento y monitoreo de dichas obras y que una de las funciones del Director Ejecutivo del PIMBP es expedir Resoluciones Directorales en asuntos de su competencia, conforme a lo señalado en el Memorándum N° 055-2008- VIVIENDA-DM; Que, con el Memorándum N° 466-2011/VIVIENDA- VMVU del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, se remite la opinión del PIMBP a través del Informe N° 111-2011/VIVIENDA-VMVU-PIMBP respecto de la modifi cación de su Manual de Operaciones para incluir la función de aprobación de la liquidación técnico fi nanciera de las referidas obras, donde señala que en la actualidad el PIMBP tiene una imposibilidad legal para atender lo solicitado por lo que correspondería a la Ofi cina General de Administración emitir su aprobación; Que, de la revisión de los actuados se advierte que, como consecuencia de los Convenios referidos, se convocaron diversos procesos de selección para la elaboración de Expedientes Técnicos y para la Ejecución de Obras, y las obras ejecutadas en el marco de los proyectos y componentes que integran el PIMPB, como consecuencia de los Convenios suscritos entre el Ministerio y el PNUD, se encuentran en etapa de liquidación; por lo que resulta necesario se realice la liquidación técnico fi nanciera de las mismas, que sirva de sustento para que la Ofi cina General de Administración pueda realizar las acciones para su transferencia contable a la Entidad benefi ciaria de la obra ejecutada; Que, a través del Memorándum N° 055-2008/ VIVIENDA-DM del 24 de octubre del 2008, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, estableció que el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo disponga, a quien corresponda, efectúe los cierres y liquidación fi nanciera de los proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo”, que cuenten con liquidación de obra encargados al PNUD, a fi n que la Ofi cina General de Administración pueda cumplir con la función relacionada con la rendición de cuenta de los encargos otorgados para la ejecución de los dos proyectos mencionados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 024-2010- VIVIENDA del 05 de febrero del 2010, se aprobó el Manual de Operaciones del PIMBP, cuyos literales k) y l) de su artículo 10, dispone que entre las funciones del Director Ejecutivo del Programa se encuentran la de expedir Resoluciones Directorales y las demás que le sean asignadas por el Viceministro de Vivienda y Urbanismo y/o por el Despacho Ministerial; ambas, en asuntos de su competencia; Que, por lo expuesto y atendido a que el PIMBP se creó bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, que a la fecha se han ejecutado diversos Proyectos de Inversión Pública en el marco de los componentes que lo integran, incluidas las obras ejecutadas por los proyectos “La Calle de Mi Barrio” y “Mejorando Mi Pueblo” en virtud de los mencionados Convenios suscritos con el PNUD,