Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2011 (01/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de diciembre de 2011

Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 050-2009MTC/12 del 05 de marzo del 2009, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 049-2010-MTC/12 del 22 de febrero del 2010, Resolucion Directoral Nº 145-2010-MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2010 y Resolucion Directoral Nº 3152011-MTC/12 del 04 de noviembre del 2010, se otorgo a LAN PERU S.A., la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) anos, hasta el 20 de agosto del 2012; Que, con Documento de Registro Nº 2010-051016 del 09 de diciembre del 2010 y Documento de Registro Nº 2011-031370 del 07 de MORDAZA del 2011, LAN PERU S.A. solicita la Modificacion de su Permiso de Operacion, a fin de incrementar rutas y frecuencias; Que, segun los terminos del Memorando Nº 943-2011MTC/12.LEG, Memorando Nº 062-2011-MTC/12.POA, Memorando Nº 086-2011-MTC/12.POA Memorando Nº 0192011-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 024-2011-MTC/12.07. PEL e Informe Nº 315-2011-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente, en lo que corresponde, atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento aprobado por D.S. Nº 050-2001-MTC y; demas disposiciones legales vigentes; Que, LAN PERU S.A. cuenta con el Certificado de Explotador de Servicios Aereos Nº 006 y sus Especificaciones de Operacion ­ OPSPECS respectivas; Que, el articulo 99º de la Ley de Aeronautica Civil ­ Ley Nº 27261, establece que en el caso que los derechos aerocomerciales, rutas y frecuencias existentes MORDAZA menores a los que soliciten 2 o mas empresas aereas, estos se asignaran mediante concurso publico, no procediendo por tanto la asignacion directa; Que, de acuerdo a los terminos del Memorando Nº 062-2011-MTC/12.POA el MORDAZA bilateral entre Peru y Mexico establece para las aerolineas peruanas designadas veintiun (21) frecuencias semanales en la ruta MORDAZA ­ MEXICO Y VV. y treinta y cinco (35) frecuencias semanales a ser distribuidas entre CANCUN, TOLUCA Y UN PUNTO ADICIONAL a ser definido posteriormente y comunicado por Notas Diplomaticas de las Autoridades Aeronauticas, lo cual a la fecha no se ha efectuado; Que, de acuerdo a los terminos del Memorando Nº 0622011-MTC/12.POA y Memorando Nº 086-2011-MTC/12. POA, el MORDAZA bilateral vigente con MORDAZA establece en derechos de tercera y cuarta MORDAZA del aire la ruta MORDAZA ­ MORDAZA Y VV. con ochenta y cuatro (84) frecuencias semanales por cada una de las partes, que gozaran ademas de derechos de sexta MORDAZA del aire, Asimismo, cinco puntos adicionales en cada MORDAZA, de los cuales se han definido los puntos en Chile: MORDAZA, IQUIQUE, ANTOFAGASTA, CALAMA E MORDAZA DE PASCUA; Y MORDAZA, IQUITOS, MORDAZA Y MORDAZA en Peru, encontrandose el MORDAZA punto por definirse. Respecto a las quintas libertades, se acordo para las lineas peruanas designadas mantener las veintiocho (28) frecuencias semanales; Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERU mediante documento de Registro Nº 025653 del 01 de marzo del 2011 y Documento de Registro Nº 101263 del 31 de agosto del 2011, formulo oposicion a la solicitud de Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo presentada por la empresa LAN PERU S.A. y a la ampliacion de dicha solicitud respectivamente, MORDAZA en lo relativo a la ruta MORDAZA ­ MEXICO y vv.; sosteniendo que concurrentemente dicha compania estaba solicitando derechos aerocomerciales en dicha ruta, con lo cual se excederian las frecuencias disponibles de acuerdo al MORDAZA bilateral vigente con Mexico; Que, conforme a lo senalado en los Memorandos Nº 315-2011-MTC/12.LEG y Nº 1194-2011-MTC/12.LEG las oposiciones fueron admitidas a tramite respecto a la ruta MORDAZA ­ MEXICO Y VV.; Que, conforme se desprende de las Actas de Audiencia Publica de fecha 25 de marzo del 2011 y del

28 de setiembre del 2011 y del Memorando Nº 5772011-MTC/12.LEG y Memorando Nº 1344-2011-MTC/12. LEG, con relacion a la ruta respecto a la cual se admitio a tramite MORDAZA oposiciones, se configura lo dispuesto en el articulo 99º de la Ley de Aeronautica Civil ­ Ley Nº 27261, no procediendo su asignacion directa. Por lo tanto, corresponde declarar fundadas las oposiciones formuladas por TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERU; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 12º numeral 12.1 literal a) de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, la Direccion General de Aeronautica Civil resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y procedimientos administrativos a que se refiere la mencionada ley, asi como los establecidos en la Ley de Aeronautica Civil, por lo que el presente permiso se otorga mediante Resolucion Directoral; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar -en los extremos pertinentes- el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 050-2009-MTC/12 del 05 de marzo del 2009, modificada mediante Resolucion Directoral Nº 049-2010-MTC/12 del 22 de febrero del 2010, Resolucion Directoral Nº 145-2010-MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2010 y Resolucion Directoral Nº 315-2010-MTC/12 del 04 de noviembre del 2010, que otorgo a LAN PERU S.A. la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en los terminos siguientes: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

1) MORDAZA (adicional a lo autorizado) CON DERECHOS MORDAZA DEL AIRE: DE TERCERA Y CUARTA

- MORDAZA - MORDAZA y v.v., CON VEINTIOCHO (28) FRECUENCIAS SEMANALES. Pudiendo combinar los destinos, de manera que pueda operarse MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O IQUITOS Y/O TRUJILLO­ MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O IQUIQUE Y/O ANTOFAGASTA Y/O CALAMA Y/O MORDAZA DE MORDAZA Y VV. CON DERECHOS DE SEXTA MORDAZA DEL AIRE: - MIAMI Y/O NEW MORDAZA Y/O LOS MORDAZA Y/O MORDAZA Y/O SAN MORDAZA Y/O SAO MORDAZA Y/O RIO DE JANEIRO Y/O PUERTO MORDAZA Y/O BRASILIA Y/O FLORIANOPOLIS Y/O CATARATAS DE IGUAZU Y/O PUNTA CANA Y/O MORDAZA DOMINGO. CON HASTA VEINTIOCHO (28) FRECUENCIAS SEMANALES. 2) MEXICO (adicional a lo autorizado) CON DERECHOS MORDAZA DEL AIRE: DE TERCERA Y CUARTA

- LIMA-CANCUN Y/O TOLUCA Y VV., hasta catorce (14) frecuencias semanales. Articulo 2º.- Declarar FUNDADAS, las oposiciones presentadas por la compania TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. ­ TACA PERU por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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