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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de diciembre de 2011 454731 Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5º y del artículo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 001292-2011/SUNAT-2M0200, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de los Artículos 3º y 4º de la Ley Nº 26790, del Artículo 4º, 5º, 6º y 9º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR, se ha determinado que el contribuyente declara como trabajadores a personas con las cuales no tiene vinculo laboral; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: • Registro de Asegurados Titulares ante el ESSALUD, a las personas detalladas en el cuadro y consecuentemente a sus Derechohabientes : Datos de la persona dada de baja Período a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al Tipo Nº Paterno Materno DNI 02684311 Chanta Santos Pablo 01/01/2007 28/02/2010 DNI 02639959 Valverde Inga Benito 01/01/2007 28/02/2010 DNI 02615450 Rufi no Flores Octavio Orlando 01/01/2007 28/02/2010 Regístrese, notifíquese y archívese. JOSMELL VILITANGA RODRÍGUEZ Jefe de División de Auditoría por: FRANCISCO L. TRUJILLO VARGAS Intendente Regional (e) Intendencia Regional Piura 727187-1 INTENDENCIA REGIONAL PIURA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 084-024-0001194 /SUNAT Piura, 11 de noviembre de 2011 Visto el resultado de la fi scalización, Programa Verifi cación de Remuneraciones – Essalud, efectuada al contribuyente MAHECO REPRESENTACIONES Y SERV GNR EIRL, con R.U.C. Nº 20227150387, y con domicilio fi scal en Cal. Arequipa Nro. 1049 Ofi cina 106 – PIURA. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4º del reglamento de la Ley Nº 27334, aprobado por el Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afiliados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5º y del artículo 12º del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 0978-2011/SUNAT-2M0200, cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de los Artículos 3º y 4º de la Ley Nº 26790, del Artículo 4º, 5º, 6º y 9º del decreto Supremo Nº 003-97-TR, se ha determinado que el contribuyente declara como trabajadores a personas con las cuales no tiene vínculo laboral; Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 501 Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y normas modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, y la Ley Nº 27334 que amplía las funciones de la SUNAT y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2001-EF y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: • Registro de Asegurados Titulares ante el ESSALUD, a las personas detalladas en el cuadro y consecuentemente a sus Derechohabientes : Datos de la persona dada de baja Período a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al Tipo Nº Paterno Materno DNI 41878923 Silva Sirlupu Ana María 01/01/2007 30/06/2009 Regístrese, notifíquese y archívese. JOSMELL VILITANGA RODRÍGUEZ Jefe de División de Auditoría por: FRANCISCO L. TRUJILLO VARGAS Intendente Regional (e) Intendencia Regional Piura 727187-2