Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (11/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de diciembre de 2011 454734 ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Disponen expedir título de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 454-2011-CNM Lima, 28 de noviembre del 2011 VISTO: El Informe N° 083-2011-CPSN/CNM de la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento sobre la expedición de título a favor de doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 845-2010-CE-PJ del 13 de julio de 2010, declaró fundado el recurso de reconsideración interpuesto por doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia contra la resolución del 14 de octubre de 2009 que declaró improcedente su solicitud de traslado; reformándola dispone su traslado por motivos de unidad familiar del Juzgado de Paz Letrado de San Martín de Pangoa del Distrito Judicial de Junín al Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima; Que, la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución N° 698-2010-P-CSJL/PJ publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de setiembre de 2010, incorpora a la citada magistrada como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima, juramentando en el referido cargo el 10 de setiembre de 2010; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Resolución N° 385-2010-CNM del 8 de noviembre de 2010, declaró improcedente la expedición de título de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima por motivos de unidad familiar a favor de la citada magistrada, por no estar considerada dicha causal en la Ley N° 29277-Ley de Carrera Judicial; Que, con fecha 20 de diciembre de 2010, la citada magistrada interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución N° 385-2010-CNM; siendo declarado infundado, en mérito a la Resolución N° 130-2011-CNM del 18 de abril de 2011; Que, con el Informe de visto la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento, informa que si bien es cierto a partir de la publicación de la Resolución N° 284-2010-CNM el 12 de setiembre de 2010, por la cual se modifi có el artículo 6° del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales, quedó establecido que los jueces y fi scales trasladados no podrían incorporarse a la nueva plaza mientras que este Colegiado no les otorgue el nuevo título que lo nombra en la plaza de destino; en el presente caso, doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia fue incorporada al nuevo cargo el 9 de setiembre de 2010, es decir, antes de la entrada en vigencia de la referida disposición; opinando por que se declare la nulidad de las Resoluciones N° 385- 2010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre de 2010 y 18 de abril de 2011, respectivamente; y asimismo expedir el título a favor de doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia de Juez de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima; Que, por los argumentos expuestos y estando al acuerdo del Pleno del Consejo del 9 de noviembre de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las Resoluciones N° 385-2010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre de 2010 y 18 de abril de 2011, respectivamente, que declararon improcedente la expedición del título de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima, a favor de doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia e infundado el recurso de reconsideración interpuesto. Segundo.- Cancelar el título expedido a favor de doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia, de Juez de Paz Letrado de San Martín de Pangoa del Distrito Judicial de Junín. Tercero.- Expedir el título a favor de doña María del Rosario Rebeca Portocarrero Arangoitia, de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja del Distrito Judicial de Lima. Cuarto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO GARCÍA NÚÑEZ Presidente 726619-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencia ubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 11827-2011 Lima 29 de noviembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, el día 24 de noviembre de 2011, para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la citada ofi cina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, mediante Informe Nº 176-2011- DSB“B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley Nº 2670, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;