Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2011 (11/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de diciembre de 2011

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulo de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 454-2011-CNM MORDAZA, 28 de noviembre del 2011 VISTO: El Informe N° 083-2011-CPSN/CNM de la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento sobre la expedicion de titulo a favor de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa N° 845-2010-CE-PJ del 13 de MORDAZA de 2010, declaro fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia contra la resolucion del 14 de octubre de 2009 que declaro improcedente su solicitud de traslado; reformandola dispone su traslado por motivos de unidad familiar del Juzgado de Paz Letrado de San MORDAZA de Pangoa del Distrito Judicial de MORDAZA al Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de Lima; Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion N° 698-2010-P-CSJL/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de setiembre de 2010, incorpora a la citada magistrada como Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, juramentando en el referido cargo el 10 de setiembre de 2010; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Resolucion N° 385-2010-CNM del 8 de noviembre de 2010, declaro improcedente la expedicion de titulo de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA por motivos de unidad familiar a favor de la citada magistrada, por no estar considerada dicha causal en la Ley N° 29277-Ley de MORDAZA Judicial; Que, con fecha 20 de diciembre de 2010, la citada magistrada interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion N° 385-2010-CNM; siendo declarado infundado, en merito a la Resolucion N° 130-2011-CNM del 18 de MORDAZA de 2011; Que, con el Informe de visto la Comision Permanente de Seleccion y Nombramiento, informa que si bien es MORDAZA a partir de la publicacion de la Resolucion N° 284-2010-CNM el 12 de setiembre de 2010, por la cual se modifico el articulo 6° del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales, quedo establecido que los jueces y fiscales trasladados no podrian incorporarse a la nueva plaza mientras que este Colegiado no les otorgue el MORDAZA titulo que lo nombra en la plaza de destino; en el presente caso, MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia fue incorporada al MORDAZA cargo el 9 de setiembre de 2010, es decir, MORDAZA de la entrada en vigencia de la referida disposicion; opinando por que se declare la nulidad de las Resoluciones N° 3852010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre de 2010 y 18 de MORDAZA de 2011, respectivamente; y asimismo expedir el titulo a favor de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia de Juez de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de Lima; Que, por los argumentos expuestos y estando al acuerdo del Pleno del Consejo del 9 de noviembre de 2011; y de conformidad con las facultades conferidas por

los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedicion y Cancelacion de Titulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la nulidad de las Resoluciones N° 385-2010-CNM y N° 130-2011-CNM del 8 de noviembre de 2010 y 18 de MORDAZA de 2011, respectivamente, que declararon improcedente la expedicion del titulo de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, a favor de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia e infundado el recurso de reconsideracion interpuesto. Segundo.- Cancelar el titulo expedido a favor de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia, de Juez de Paz Letrado de San MORDAZA de Pangoa del Distrito Judicial de Junin. Tercero.- Expedir el titulo a favor de MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arangoitia, de Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA del Distrito Judicial de Lima. Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NUNEZ Presidente 726619-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de agencia ubicada en el distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 11827-2011 MORDAZA 29 de noviembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, el dia 24 de noviembre de 2011, para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura de la citada oficina; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "B", mediante Informe Nº 176-2011DSB"B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley Nº 2670, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucion SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009;

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