Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2011 (11/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES
g) Deudas por el Servicio de Agua potable.

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d) Participar en el diseno, promocion y ejecucion de programas y proyectos de lucha contra la pobreza, en especial contra la desnutricion infantil, en coordinacion con la Municipalidad Provincial y el Gobierno Regional. e) Contribuir a la elaboracion y aplicacion de instrumentos de gestion ambiental. f) Promover la educacion ambiental y vial, la participacion ciudadana y una ciudadania ambientalmente responsable. g) Participar en la elaboracion de los planes de gestion del recurso hidrico de la MORDAZA del rio Rimac. Articulo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este ­ Carretera Central" ratificando el contenido del Acta de Constitucion, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Cuarto.- Ratificar la designacion del Senor MORDAZA MORDAZA Majino, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Ate en el cargo de Presidente del Consejo Directivo; del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad de Lurigancho como Vicepresidente del Consejo Directivo; y del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a los acuerdos senalados en el Acta de Constitucion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA 726774-1

Articulo 3º.- CONDONACION DE INTERESES EN CUENTA ORDINARIA Se condonara el 100% de los montos referidos a intereses moratorios, recargos o reajustes que se encuentren en cobranza ordinaria por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los ejercicios 2007, 2008, 2009 y 2010, siempre que los deudores cumplan con cancelarla durante la vigencia del presente beneficio. Articulo 4º.- DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Tratandose de Multas Administrativas y de Sancion que se encuentren en etapa de cobranza Ordinaria y en MORDAZA de Cobranza de Ejecucion Coactiva se establece un beneficio de deduccion del 50% del monto insoluto, para aquellos infractores que durante la vigencia del presente beneficio cumplan con cancelar las multas administrativas y de sancion respectivas. Articulo 5º.- CONDONACION DE VALORES CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2007, 2008, 2009 Y 2010. a) Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago, emitidos en el ejercicio 2007, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad dicho valor. b) Se condonara el 60% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2008, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. c) Se condonara el 40% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2009, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. d) Se condonara el 20% del monto insoluto y el 100% de intereses, de las Resoluciones de Determinacion de Arbitrios y Ordenes de Pago emitidas en el ejercicio 2010, siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar en su totalidad los citados valores. Articulo 6º.- MULTAS TRIBUTARIAS Respecto de las deudas derivadas de multas tributarias se otorgaran los siguientes beneficios: a) Se condonara el 90% del monto insoluto y el 100% de intereses siempre y cuando el contribuyente cumpla con cancelar dicha multa, y la totalidad de la deuda establecida en las Resoluciones de Determinacion que se encuentre en cobranza ordinaria o coactiva. b) Se exonerara el 100% de la Multa Tributaria y sus interese a aquellos contribuyentes que inscriban sus predios, declaren y/o regularicen su estado actual, siempre y cuando cancelen el total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes. No se encuentran comprendidas aquellas Multas Tributarias de las cuales se hayan iniciado procedimiento coactivo, producto del cual se hayan trabado medidas preventivas o garantias a favor de la Municipalidad de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 12º de la presente ordenanza. Articulo 7º.- DEUDAS EN PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA El beneficio establecido en la presente Ordenanza tambien alcanza a aquellas deudas tributarias y no tributarias que se encuentren en procedimiento de ejecucion coactiva, condonandose ademas el 100% de las costas y gastos procesales. Articulo 8º.- CONDONACION DE LOS INTERESES DE LAS DEUDAS POR EL SERVICIO DE AGUA POTABLE. Se condonara el 100% de los intereses y moras de las deudas por el servicio de Agua Potable de los anos 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, que figuren pendientes de pago en el Sistema de

Establecen amnistia para las deudas tributarias y no tributarias en favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 255 ­ MDCH Chaclacayo, 9 de diciembre de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO De conformidad con lo dispuesto con la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de los miembros de concejo municipal, con dispensa de lectura y aprobacion de acta se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE AMNISTIA PARA LAS DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DE CHACLACAYO. Articulo 1º.- OBJETO Establecer el Beneficio para las Deudas Tributarias y No Tributarias a favor de personas naturales y juridicas contribuyentes de la jurisdiccion de Chaclacayo, con la finalidad que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias pendientes de pago derivadas del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Resolucion de Determinacion de Arbitrios, Ordenes de Pago y Multas Tributarias, y con el pago de las obligaciones derivadas de deudas no tributarias provenientes de Multas Administrativas y de Sancion, y Servicio de Agua Potable, las mismas que se encuentran en MORDAZA de cobranza ordinaria y en MORDAZA de cobranza coactiva. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION El beneficio a que se refiere el Articulo precedente se aplicara a los siguientes conceptos: a) Impuesto Predial. b) Arbitrios Municipales. c) Resoluciones de Determinacion de Arbitrios d) Ordenes de Pago e) Multas Tributarias. f) Multas Administrativas.

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