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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455166 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 021-2003- VIVIENDA, se dispuso, la transferencia del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE, al Gobierno Regional Ica, así como la creación de su Consejo Directivo, autorizado a establecer las políticas, planes, actividades, metas y estrategias de la institución, encargándosele también a este último, la supervisión y la administración general; Que, el artículo 6º del citado Decreto Supremo establece que el Consejo Directivo estará conformado por seis (06) miembros; tres (3) Representantes del Gobierno Regional; un (1) Representante del Instituto Nacional de Desarrollo; un (1) Representante del Ministerio de Agricultura; y un (1) Representante de la Asociación de Agricultores de Ica; también señala, que el representante del Gobierno Nacional será designado por el Titular del Sector correspondiente mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2008-AG, se aprobó la fusión del INRENA e INADE en el Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente absorbente; señalándose también, en el numeral 2.2 del artículo 2º del citado Decreto Supremo, que toda referencia hecha al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE o a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo, se entenderá como efectuada al Ministerio de Agricultura, por tanto, corresponde designar un representante más al Ministerio de Agricultura; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0381-2011- AG, se dejo sin efecto, entre otras, la Resolución Ministerial Nº 0714-2010-AG, que designó a los señores Luis Oliva Fernández Prada y Julio César Chávez Cárdenas como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha. Que, en ese sentido, corresponde designar a los representantes del Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a los señores Rubén Morales Cabrera y Nicanor Toro Levano como representantes del Ministerio de Agricultura ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Tambo Ccaracocha. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 730822-2 DEFENSA Aceptan renuncia al cargo de Sub Director de la Dirección General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1333-2011-DE/SG Lima, 14 de diciembre de 2011 Visto, la carta del 14 de setiembre de 2011, mediante el cual el Abogado Oscar Martín Luna Milla presenta su renuncia al cargo de Sub Director de la Dirección General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1265-2010- DE/SG del 19 de noviembre de 2011, se designó con efectividad al 15 de noviembre de 2010, al Abogado Oscar Martín Luna Milla en el cargo de Sub Director de la Dirección General de Asesoría Jurídica (actualmente, Director de Servicios Administrativos I de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica) del Ministerio de Defensa; Que, con el documento del visto, el mencionado Abogado ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma; Que, mediante el Informe Nº 043-2011-MINDEF/VRD/ A/02.00.ggu, del 24 de noviembre de 2011, expedido por la Dirección de Personal Civil del Ministerio de Defensa, se aprecia que el mencionado Abogado ha gozado de descanso médico hasta el 4 de setiembre de 2011, conforme a los certifi cados de incapacidad temporal para el trabajo – CITT; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto que éste tenga eficacia anticipada a su emisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2011-MINDEF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efi cacia anticipada al 4 de septiembre de 2011, la renuncia formulada por el señor Oscar Martín Luna Milla al cargo de Sub Director de la Dirección General de Asesoría Jurídica (actualmente, Director de Servicios Administrativos I de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica) del Ministerio de Defensa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 731199-1 Declaran haber observado hundida la embarcación “Great Northern” y disponen que el propietario y/o representante proceda a la señalización y remoción de la misma DIRECCION GENERAL DE CAPITANIAS Y GUARDACOSTAS CAPITANIA GUARDACOSTAS MARITIMA DEL CALLAO RESOLUCIÓN DE CAPITANÍA Nº 117-2011 Callao, 1 de julio de 2011 VISTO: El Mensaje Naval 251143 enero 2011, promovido por la Dirección de Hidrografía y Navegación comunicando a esta Capitanía Guardacostas Marítima, que el citado día a 09:00 horas, se observó que la embarcación “GREAT NORTHERN 6”, sin matrícula, se encontraba hundida luego de encontrarse fondeada en el área asignada a Unidades Hidrográfi cas, por lo cual solicita el retiro de la referida embarcación a cargo del armador, a fi n de que no represente peligro a la navegación; CONSIDERANDO: Que, son funciones de las Capitanías Guardacostas Marítimas, entre otras, ejercer Policía Marítima en el ámbito de su jurisdicción; velar dentro de ámbito de jurisdicción de la Autoridad Marítima por el cumplimiento de las leyes, disposiciones nacionales y convenios internacionales, referentes a la seguridad y protección de la vida humana en el mar, instruir sumarias por siniestros marítimos; así como, procesar por infracción al Reglamento y otros dispositivos que competen a la Autoridad Marítima y aplicar