Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455168 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 731624-1 Aprueban modificatorias a la “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2011-EF/50.01 Lima, 14 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los procedimientos relacionados a su ámbito y promueve el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, resulta necesario aprobar modifi caciones a la Directiva Nº 004-2009-EF/76.01 – “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 041-2009-EF/76.01 y modifi cada mediante Resolución Directoral Nº 029- 2010-EF/76.01, a fi n de adecuar la documentación que se presenta para el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) con las mejoras que en materia de gestión presupuestaria ha implementando la Dirección General de Presupuesto Público, durante la etapa de programación y formulación del presupuesto para el año fi scal 2012, con la fi nalidad de reforzar la calidad del gasto en el sector público; y asimismo, a fi n de actualizar la base legal respecto al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y otra precisión sobre el aplicativo informático para el registro del PIA; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las modifi catorias a la Directiva Nº 004-2009-EF/76.01 - “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, conforme al Anexo “Modifi catorias”, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Texto Único Ordenado de la Directiva Nº 004-2009-EF/76.01 – “Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, así como los Formatos, Anexos y Modelo, se publican en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General (e) Dirección General de Presupuesto Público ANEXO “MODIFICATORIAS” Artículo Único.- Modifi car el literal k) del Artículo 2º; literales a), b y e) del Artículo 8º y el Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Directiva Nº 004-2009-EF/76.01 - Directiva para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de las Entidades de Tratamiento Empresarial conforme a los siguientes textos: Modifi cación del literal k) del Artículo 2º: “Artículo 2º.- Base Legal (...) k) Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y sus modifi catorias. (...)” Modifi cación de los literales a), b) y e) del Artículo 8º: “Artículo 8º.- Procedimiento de Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) La aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de las ETEs, se sujeta al siguiente procedimiento: “a) La Dirección General de Presupuesto Público remite a cada ETE, antes del inicio del año fi scal, el reporte ofi cial denominado “Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal ...”, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos (Formato Nº 01A) y el de Egresos (Formato Nº 02A). (...).” “b) La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la ETE, sobre la base del reporte ofi cial desagrega la información complementaria en los Formatos y Anexos establecidos en el Cuadro “Reporte Ofi cial, Formatos, Anexos y Modelo”, que forman parte de la Directiva y que se encuentran habilitados en el aplicativo informático disponible en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. (...).” “e) Forman parte de la Resolución de Aprobación, el reporte ofi cial (Formato Nº 01A y Formato Nº 02A) señalado en el inciso a) del presente artículo, así como los Formatos y Anexos contenidos en el Cuadro “Reporte Ofi cial, Formatos, Anexos y Modelo”, los mismos que serán suscritos por el Titular de la ETE, el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto y el Contador General, o quienes hagan sus veces en la ETE.” Modifi cación del Artículo 10º: “Artículo 10º.- Registro de Información del Presupuesto de Apertura Las ETEs deben efectuar el registro de la Información Presupuestaria en el aplicativo informático que para tal fi n se encuentre disponible en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. El registro de la información por este medio, no exime a la ETE de su obligación en la presentación a la Dirección General de Presupuesto Público, de los Formatos y Anexos detallados en el Cuadro “Reporte Ofi cial, Formatos, Anexos y Modelo”. Dichos Formatos y Anexos serán impresos del aplicativo informático disponibles para tal efecto.” 730763-1 EDUCACION Dan por concluida designación y encargan funciones de Jefe de la Unidad de Descentralización de Centros Educativos de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0624-2011-ED Lima, 20 de diciembre de 2011