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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (21/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de diciembre de 2011 455180 Que, con el visto bueno de Secretaría General, Gerencia de Negocios y Financiamiento, Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones, Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de CIENTO ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTIUN MIL QUINIENTOS CINCUENTICUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 111’751,554.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de diciembre 2011 detallado en el Anexo 01 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.-Aprobar la liquidación de la producción del mes de octubre por la suma de TREINTIUN MILLONES CIENTO OCHENTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTITRES Y 09/100 NUEVOS SOLES (S/. 31’182,753.09), detallado en el Anexo 02 y que forma parte del monto aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Aprobar la Transferencia para las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por la suma de CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 126,420.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de diciembre 2011 detallado en el Anexo 03 y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- Aprobar el pago directo para los acreditados al Componente Subsidiado como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTIUN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 2´281,950.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de diciembre 2011. Artículo 5º.- Aprobar el pago directo para los acreditados al Componente Semisubsidiado como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma de SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES, (S/. 7,880.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudado, correspondiente al mes de diciembre 2011. Artículo 6°.- El Titular del Pliego aprueba mediante la Resolución Ejecutiva Regional la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático y respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución Ejecutiva Regional deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la página web del Gobierno Regional. Artículo 7°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como publicar en el portal institucional, www.sis.gob.pe, el texto de la presente Resolución y sus Anexos 01, 02 y 03. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE CARLOS DEL CARMEN SARA Jefe Institucional (e) del Seguro Integral de Salud 731623-1 Delegan facultades en la Secretaria General del Seguro Integral de Salud y modifican la R.J. N° 155-2011/SIS RESOLUCION JEFATURAL N° 189-2011/SIS Lima, 19 de diciembre de 2011 VISTOS: El Informe N° 443-2011-SIS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, califi cado mediante Decreto Supremo N° 034-2008-PCM de acuerdo a lo dispuesto por Ley N° 29158, con la misión de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud individual de la población carente de seguro de salud, con especial atención en los más pobres y vulnerables, de conformidad con la política del sector; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los actos de administración interna de las entidades, son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de dicha Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, que en el numeral 11.13 del artículo 11°, establece que corresponde al Jefe del SIS, delegar las funciones no privativas de su cargo cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los límites que establezca la Ley; Que, el artículo 5° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017, establece que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, el artículo 117° del Reglamento Interno de Trabajo del Seguro Integral de Salud, establece que es derecho exclusivo de la Institución, plantear, organizar, coordinar, dirigir, orientar y controlar las actividades del personal en el Centro de Trabajo; Que, por Resolución Jefatural Nº 155-2011/SIS, la Jefatura Institucional del Seguro Integral de Salud, delegó facultades en el Director General de la Ofi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, las mismas que comprende atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso; Que, mediante el documento de vistos, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal y recomienda la delegación de facultades en la Secretaria General del SIS y adicionar la delegación de facultades en el Director General de la Ofi cina General de Administración de Recursos, modifi cando el artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 155-2011/SIS, con el propósito de agilizar los procesos internos del Seguro Integral de Salud; Que, con el visto bueno de Secretaría General y de la Ofi cina General de Administración de Recursos, y con la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del Artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Seguro Integral de Salud, las siguientes facultades: a) Aprobar mediante memorando las Bases formuladas por los Comités Especiales y Permanentes del Seguro Integral de Salud, correspondiente a procesos de selección: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Adjudicación Directa Selectiva. b) Aprobar licencias solicitadas por los trabajadores del Seguro Integral de Salud, con excepción de los funcionarios públicos. c) Aprobar los desplazamientos de personal del Seguro Integral de Salud, con excepción de las encargaturas y las designaciones del personal de confi anza. Artículo 2°.- Aprobar la modifi cación del artículo 1° de la Resolución Jefatural N° 155-2011/SIS, añadiendo los literales i) y j) con el texto siguiente: (…)