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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455314 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza Nº 020-2011-MDCLR.- Establecen benefi cio en el pago de tasas de procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de anuncios publicitarios y colocación de toldos 455396 Ordenanza Nº 021-2011-MDCLR.- Aprueban Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso 455397 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JAEN Ordenanza N° 018-2011-MPJ.- Modifi can Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones y aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Provincial de Jaén. 455404 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PATAZ Ordenanza Nº 013-2011/MPP-T.- Aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad 455404 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POLVORA Acuerdo N° 017-2011-MDP/A.- Exoneran de procesos de selección la contratación de asesoría técnico legal, en la fiscalización de deudas tributarias y no tributarias públicas existentes en el distrito de Pólvora 455406 SEPARATA ESPECIAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Res. N° 036-2011-GS/OSITRAN.- Proyecto de Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de la Concesionaria Interoceánica Sur Tramo 3 1 al 12 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 059-2011 DICTAN MEDIDAS URGENTES PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PENSIONARIAS DE LA CAJA DE PENSIONES MILITAR – POLICIAL Y OTRAS MEDIDAS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional establecido en los artículos 10° y 11°, y la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú, el Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones; así como el pago oportuno de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que destine para tales efectos y a las posibilidades de la economía nacional; Que, mediante Decreto Ley N° 21021 se crea la Caja de Pensiones Militar-Policial con personería jurídica de Derecho Público Interno para administrar el pago de Compensaciones y Pensiones del personal militar y policial perteneciente al régimen del Decreto Ley N° 19846; Que, para el cumplimiento de sus obligaciones la Caja de Pensiones Militar-Policial cuenta con activos fi nancieros y no fi nancieros; sin embargo, debido a problemas de liquidez, requiere de recursos para poder cumplir con sus obligaciones para el pago de pensiones; Que, en ese sentido, resulta necesario la creación de un mecanismo para garantizar que los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 19846 administrados por la Caja de Pensiones Militar-Policial reciban sus pensiones en forma oportuna y sin vulneración de sus derechos pensionarios; para cuyo efecto, se ha considerado conveniente constituir un Fondo de Garantía que permita solventar las obligaciones previsionales del Fondo de Pensiones Militar-Policial de la Caja de Pensiones Militar- Policial; Que, de otro lado, es necesario disponer que los excedentes generados por la mayor recaudación de los Recursos Determinados del Decreto Ley N° 19990 en el año fi scal 2011, por parte de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), se destinen a la atención de los gastos con cargo a la Partida de Gasto 2.2.1 “Pensiones”, para lo cual la ONP tomará en cuenta lo establecido en el último párrafo de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. Para tal efecto, es necesario autorizar a la ONP a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a fi n de atender el pago de los Bonos de Reconocimiento 1992, 1996 y 2001 hasta por el monto de S/. 45 960 182,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL CIENTO OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de otro lado, se considera conveniente que los excedentes generados por la mayor recaudación de los Recursos Determinados del Decreto Ley N° 19990, en el año fi scal 2011, por parte de la Ofi cina de Normalización Previsional, sean destinados -de sus recursos ordinarios- el fi nanciamiento de la creciente demanda de redención de Bonos de Reconocimiento; para lo cual resulta necesario autorizar a dicha Entidad a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a fi n de atender el pago de los Bonos de Reconocimiento 1992, 1996 y 2001 hasta por el monto de S/. 45 960 182,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL CIENTO OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, por su parte, los literales a) y b) del numeral 22.1 del artículo 22° del Decreto de Urgencia Nº 058- 2011, disponen medidas en materia de educación y salud correspondientes a gastos de mantenimiento de las instituciones educativas públicas a nivel nacional, y medidas en materia de salud para gastos de mantenimiento de infraestructura y equipos, a nivel nacional, de los puestos y centros de salud, y los hospitales con categoría II-1; a ser implementadas hasta el mes de noviembre de 2011; Que, los Ministerios de Educación y de Salud han informado la necesidad de establecer como nuevo plazo para la transferencia de recursos para las acciones de mantenimiento a que se refi eren los literales a) y b) del numeral 22.1 del artículo 22° del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta el 31 de diciembre de 2011; debido a la difi cultad de terminar la elaboración de los listados de directores por institución educativa y del padrón del personal nombrado de los establecimientos de salud; Que, de igual modo, conforme a lo informado por el Ministerio de Educación, resulta igualmente necesario precisar en el literal a) del numeral 22.1 del artículo 22° del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, el alcance de la