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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455329 en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2011- EF/43, el Titular del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas delegó en el Jefe de la Ofi cina General de Administración, la facultad de aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático a que se refi ere el artículo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, por Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, en el que se modifi ca la denominación de la Ofi cina General de Administración, por Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 28411 dispone que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y que puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General; Que, en tal sentido, con el fi n de garantizar la legalidad y el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, así como darle fl uidez a la marcha administrativa del Sector, es necesario delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos la facultad de aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias a que se refi ere el artículo 40º de la Ley Nº 28411; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Resolución Ministerial Nº 223-2011- EF/43 y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modifi catorias; y, Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planifi cación, Inversiones y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director General de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, la facultad de aprobar la formalización de las modifi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático a que se refi ere el artículo 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 2º.- El Director General de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos deberá dar cuenta al Ministro sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente Resolución. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 041-2011-EF/43. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 732229-2 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2011-EF/15.01 Lima, 21 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001- EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, por Decreto Supremo Nº 117-2011-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 278-2010-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de diciembre de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 01/12/2011 al 15/12/2011 275 638 647 3 959 Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERÓN REGJO Viceministra de Economía 731771-1 Aprueban Directiva “Preparación y presentación de información Financiera, Presupuestaria, Complementaria y de Presupuesto de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2011-EF/51.01 Lima, 16 de Diciembre de 2011 Visto: El Memorando Nº 064-2011-EF/51.06 de la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, referente a la aprobación de la Directiva de “Preparación y presentación de la información Financiera, Presupuestaria, Complementaria y de Presupuesto de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”. CONSIDERANDO: Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señala entre otras atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, la de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; y elaborar la Cuenta General de la República, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del sector público; Que, mediante Resolución Directoral Nº 003- 2010-EF/93.01 se aprueba la Directiva Nº 001-2010- EF/93.01 ”Preparación y presentación de información Presupuestaria, Financiera y Complementaria y de Metas