Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455330 de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, Que, la Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/93.01, modifi ca la Directiva Nº 001-2010-EF/93.01 “Preparación y presentación de información Presupuestaria, Financiera, Complementaria y de Metas de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, en los numerales 4.1, 4.2 y 12; e incorpora requerimientos de información en los numerales 4.3 y 4.5; Que, mediante la Resolución Nº 043-2010-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobó la versión modificada del Plan Contable General Empresarial (PCGE), cuya vigencia rige a partir del 1º de enero del año 2011, con aplicación optativa en el ejercicio 2010; Que, mediante la Resolución Nº 044-2010-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad se ofi cializó la versión del año 2009 de las NIC, NIIF, CINIIF y SIC, igualmente se ofi cializó las modifi caciones a mayo de 2010 de las NIC, NIIF y CINIIFF, así como se normó la aplicación del método de la participación; las normas mencionadas rigen a partir del 1º de enero del año 2011; Que, la Ley Nº 29608 aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio fi scal 2009 y establece “Acciones de Saneamiento de la información Contable en el Sector Público”; Que, la Resolución Directoral Nº 012-2011-EF/93.01 aprueba la Directiva Nª 003-2011-EF/93.01,“Lineamientos Básicos para el Proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público” y mediante Resolución Directoral Nº 014- 2011-EF/51.01 se aprueba el “Manual de Procedimientos para las Acciones de Saneamiento Contable de las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”; Que, por lo indicado en los considerandos cuarto , quinto y sexto precedentes, la información que se genere a partir de las normas mencionadas, ha conlevado en modifi car determinados formatos y procedimientos para la presentación de la información contable de cierre del ejercicio, tales como la información Financiera, Presupuesto de Inversión y Disposición Complementaria para que los usuarios presenten información consistente, confi able y oportuna; por lo que se ha determinado sustituir la Directiva Nº 001-2010-EF/93.01 lo que permitirá actualizar la información contable, acorde con la normatividad vigente sobre la materia, así como mejorar el contenido y detalle de dicha información a requerirse a las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado, para elaborar la Cuenta General de la República; Estando a lo propuesto por la Dirección de Empresas Públicas y con las visaciones de la Dirección de Normatividad y de la Dirección de Análisis, Consolidación y Estadística; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación, vigencia y difusión de la Directiva. Aprobar la Directiva Nº 002-2011-EF/51.01 “Preparación y presentación de información Financiera, Presupuestaria, Complementaria y de Presupuesto de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, que es parte integrante de la presente Resolución; su vigencia a partir del ejercicio fi scal 2011 y disponer su difusión en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas: htpp://www.mef.gob.pe Artículo 2º.- Derogación de la Directiva. Derogar la Directiva Nº 001-2010-EF/93.01 “Preparación y presentación de información Presupuestaria, Financiera, Complementaria y de Metas de Inversión para la elaboración de la Cuenta General de la República por las Empresas y Entidades de Tratamiento Empresarial del Estado”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2010-EF/93.01 y su modifi catoria la Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/93.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 732039-1 EDUCACION Nombran personal en la Sede Central del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0634-2011-ED Lima, 22 de diciembre de 2011 Vistos; los Informes N° 2801-ME/SG-OGA-UPER y N° 221-2011- ME/SG-OGA-UPER, el Memorándum N° 3638- 2011-ME/SG-OGA-UPER y el Informe N° 1113 -2011-ME/ SG-OAJ-mmch; y, CONSIDERANDO: Que, la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 de fecha 30 de noviembre del 2009, modifi cada por el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 113-2009, de fecha 07 de diciembre del 2009, autoriza, progresivamente, el nombramiento de personal en las entidades del Sector Público, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley cuenten con más de tres (3) años de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales, así como reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera correspondiente. Dicho nombramiento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público y se efectúa previo concurso público de méritos, cuya organización será realizada por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. Que, mediante Decreto Supremo N° 111-2010-PCM, se aprobaron los lineamientos para el nombramiento de personal del sector público, elaborados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, que en su numeral 5.1 contempla el proceso de nombramiento abreviado para los servidores que se encuentran contratados bajo servicios personales como consecuencia de su participación en un concurso público de meritos en la entidad donde será nombrado, por ello no resulta necesario someterlos a un segundo concurso; Que, mediante Ley N° 29753, se autorizó a las entidades del sector público a concluir en el año 2011, el proceso de nombramiento de personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2010, y modifi catorias, aplicando los artículos pertinentes del Decreto Supremo 111-2010- PCM. Que, el artículo 2 de la citada ley, precisa que, para el personal administrativo del sector educación, el cumplimiento del plazo de tres años de servicios, pueden ser continuos o acumulados en la condición de contratado por servicios personales en el ámbito nacional del sector educación. Que, el 22 de julio del 2011 se publicó en la página Web del Ministerio de Educación el cronograma del proceso de nombramiento de personal contratado por servicios personales, comprendidos en el Decreto Legislativo 276, en virtud a la Ley N° 29753; Que, del personal contratado por servicios personales comprendidos en el Decreto Legislativo N° 276 de la sede central del Ministerio de Educación, se presentaron diecisiete (17) solicitudes de nombramiento, para ser evaluado por la Unidad de Personal, de acuerdo a las competencias asignadas, por el Decreto Supremo N° 111- 2010-PCM, que según informes N° 2801-ME/SG-OGA- UPER y N° 221-2011- ME/SG-OGA-UPER, Memorándum N° 3638-2011-ME/SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal, informa que, los trabajadores que cumplen con los requisitos establecidos en el numeral 7.1 del Decreto Supremo N° 111-2010-PCM, son Luz Verónica