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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de diciembre de 2011 456731 c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sétimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la presente Resolución y el horario propuesto por la ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES POR LAS RUTAS DEL PERU SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte terrestre 733729-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Oficina Zonal de Loreto del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 291-2011-COFOPRI/DE Lima, 28 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1º de esa Ley; Que, de conformidad con el artículo 9º, concordado con el literal i) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene entre sus funciones, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 059-2011- COFOPRI/DE de fecha 24 de marzo de 2011, se designó al señor Luis Enrique Ruíz Torres como Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, viéndose por conveniente aceptar la renuncia formulada; Que, a fi n de continuar con el normal desarrollo de las funciones y actividades que ejecuta la Ofi cina Zonal de Loreto, es necesario encargar las funciones del Jefe de la citada Ofi cina, en tanto se designe al Titular de la misma; Que, los numerales 73.1 y 73.2 del artículo 73º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen que el desempeño de los cargos de los titulares de los órganos administrativos pueden ser suplidos temporalmente en caso de vacancia o ausencia justifi cada, por quien designe la autoridad competente para efectuar el nombramiento de aquéllos, asimismo; precisa que el suplente sustituye al Titular para todo efecto legal, ejerciendo las funciones del órgano con la plenitud de los poderes y deberes que las mismas contienen; Que, según el artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en adelante RECAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008- PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 065-2011- PCM, las personas contratadas bajo el RECAS, pueden ejercer la suplencia por encargo en la entidad contratante; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27444 y Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 1057, los Decretos Supremos Nº 025-2007-VIVIENDA, Nº 075-2008-PCM y Nº 065-2011-PCM; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Enrique Ruíz Torres, al cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar al señor Sandro Cubas Encinas, las funciones correspondientes al cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Loreto del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, en calidad de suplente, en tanto se designe al Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIS TARABAY YAYA Director Ejecutivo 734937-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Modifican la Res. Nº 168-2009/SBN- GO-JAR, sobre primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Lima SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 324-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 20 de diciembre de 2011 Visto el expediente N° 111-2009/SBN-JAR, sustentatorio de la Resolución Nº 168-2009/SBN-GO-JAR de fecha 12 de agosto del 2009 y la Resolución N° 067-2011/SBN- DGPE-SDAPE de fecha 18 de marzo de 2011; y CONSIDERANDO: Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 32 860,73 m², ubicado en el sector denominado