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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (30/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457230 destinadas a esclarecer hechos que eran de su interés personal sometiendo a los comuneros Wilfredo Parían Pillaca, Napoleón Sumari Salcedo y Juan Víctor Quispe De La Cruz a un procedimiento no regulado por la ley; En ese sentido notifi có a los citados comuneros a fi n de que se hagan presentes en su despacho para esclarecer las afi rmaciones vertidas en su contra en la reunión comunal del 10 de agosto de 2008, bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza por la Policía Nacional de la ciudad y en caso de reiterar su inconcurrencia remitir los actuados al Ministerio Público, requerimiento que se concretizó con la asistencia de don Wilfredo Parián Pillaca, quien fue sometido a un interrogatorio con la única fi nalidad de averiguar quiénes eran las personas que habían proferido comentarios contra su persona tildándolo de corrupto e inmoral; Que, el doctor Hermoza La Torre al someter a los citados comuneros a un procedimiento no establecido por ley, para esclarecer un asunto personal ha vulnerado el artículo 139 inciso 3 de la Constitución Política del Perú, incurriendo en la responsabilidad disciplinaria prevista en el artículo 201 inciso 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el mismo que estipula que existe responsabilidad disciplinaria por infracción a los deberes establecidos en dicha ley, desde que el artículo 184 inciso 1 de la misma le impone el deber de cumplir con el debido proceso, vulnerando con dicha conducta la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciéndola en el concepto público, lo que lo hace pasible de la sanción de destitución; Décimo Sétimo .- Que, el Código de Ética del Poder Judicial, aprobado en Sesiones de Sala Plena de fechas 9, 11 y 12 de marzo del 2004, establece en su artículo 3 que “El Juez debe actuar con honorabilidad y justicia, de acuerdo al Derecho, de modo que inspire confi anza en el Poder Judicial”; sin embargo, en el presente caso el procesado no observó el valor antes invocado y desmereció el cargo con su conducta irregular, la misma que resulta compatible con la sanción solicitada; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos sufi cientes para aplicar en este caso la sanción de destitución, por lo que en uso de las facultades previstas por los artículos 154 inciso 3 de la Constitución Política, 34 de la Ley 26397, y 35 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesión del 14 de julio de 2011; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y en consecuencia, destituir al doctor Wilfredo Hermoza La Torre, por su actuación como Juez Suplente del Juzgado Mixto de Huancasancos de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Artículo Segundo.- Disponer la inscripción de la medida a que se contrae el artículo primero de la presente resolución en el registro personal del magistrado destituido, debiéndose asimismo cursar ofi cio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y al señor Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Regístrese y comuníquese. GONZALO GARCÍA NUÑEZ LUIS MAEZONO YAMASHITA GASTON SOTO VALLENAS VLADIMIR PAZ DE LA BARRA LUZ MARINA GUZMAN DIAZ PABLO TALAVERA ELGUERA MAXIMO HERRERA BONILLA 733998-1 CONTRALORIA GENERAL Aprueban planes anuales de control de órganos de control institucional de diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 384-2011-CG Lima, 29 de diciembre de 2011 Visto, la Hoja Informativa Nº 00034-2011-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión, que propone la aprobación de los planes anuales de control 2012 de doscientos ochenta y ocho (288) órganos de control institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar el Plan Nacional de Control y los planes anuales de control de las entidades; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 321- 2011-CG del 09 de noviembre de 2011, se aprobaron los lineamientos de política para la formulación de los planes anuales de control del año 2012 y la Directiva Nº 007-2011-CG/PEC – “Formulación y Evaluación del Plan Anual de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2012”, la cual establece los criterios técnicos y procedimientos para la formulación y evaluación del plan anual de control de los órganos de control institucional de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 6.1.4 que las unidades orgánicas de línea evaluarán los proyectos de planes anuales de control en términos de su sujeción a los lineamientos de política aprobados, criterios y procedimientos contenidos en la directiva, y las disposiciones específi cas impartidas por las mismas; emitiendo como resultado de dicha evaluación su conformidad sobre los proyectos de planes anuales de control 2012; Que, asimismo en el numeral 6.1.5 señala que las unidades orgánicas de línea informarán a la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión la relación de los proyectos de planes anuales de control que cuentan con su conformidad, y cuya información se encuentra debidamente registrada en el Sistema de Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; la citada gerencia, como responsable del proceso de planeamiento, verifi cará selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental, integrando los proyectos de planes anuales de control que cuentan con la respectiva conformidad y procederá a elaborar la propuesta para su aprobación correspondiente; Que, conforme al documento del visto, la Gerencia Central de Planeamiento y Control de Gestión ha sido informada por las respectivas unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, respecto a los proyectos de planes anuales de control 2012 de doscientos ochenta y ocho (288) órganos de control institucional, los mismos que cuentan con su conformidad; procediendo la mencionada gerencia a verifi car selectivamente la información registrada en el Sistema de Control Gubernamental, por tanto, dichos planes se encuentran expeditos para continuar con su trámite de aprobación correspondiente; Que, en consecuencia, resulta pertinente la aprobación de los proyectos de planes anuales de control 2012 de doscientos ochenta y ocho (288) órganos de control institucional; En uso de las facultades previstas en los artículos 22º y 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los planes anuales de control 2012 de doscientos ochenta y ocho (288) órganos de control institucional de las entidades que se detallan