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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ENERO DEL AÑO 2011 (01/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de enero de 2011 433385 el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSA CACERES VALENCIA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 584360-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Aprueban proyecto de regularización de habilitación urbana ejecutada para uso residencial de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 759 Ate, 9 de diciembre de 2010 EL SUBGERENTE DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 7573 de fecha 09 de Marzo del 2010, seguido por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA UPIS 26 DE MAYO, por el que solicita la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Zona de Recreación Pública - ZRP y Protección y Tratamiento Paisajista –PTP del terreno con un área total de 37, 639.15 m2, situado en Jirón Antigua Huerta San Antonio, terreno constituido por la Parcela Denominada Zona Este SECCION C-1, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 194º, numeral 5) del Artículo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra Carta Magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, mediante Acuerdo N° 07; tomado en Sesión N° 13-2010-CTDHU/MDA, de fecha 23 de setiembre de 2010, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, emitió dictamen CONFORME, el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno de 37, 639.15 m2, situado en Jirón Antigua Huerta San Antonio, terreno constituido por la Parcela Denominada Zona Este SECCION C-1, ubicado en el Distrito de Ate, aprobándose para Recreación Pública un área de 960.00 m2 y para Otros fi nes un área de 192.00 m2, ubicado en el Lote 9 de la Manzana C, estableciéndose como défi cit de aportes las correspondientes a Recreación Pública con un área de 1,595.12 m2; Parques Zonales con un área de 730.04 m2; Ministerio de Educación con un área de 730.04 m2; Servicios Públicos Complementarios Otros Fines; con un área de 538.04 m2 y Renovación Urbana con un área de 365.02 m2, y que por no encontrar área disponible en terreno serán redimidos en dinero de conformidad con el Art° 10, de la Ordenanza N° 836 – Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Valorización Nº 061-2010-SGPUC- GDU/MDA de fecha 20 de octubre de 2010 se efectuó la liquidación referente al défi cit de aporte de Recreación Pública y Servicio Público Complementario Otros Fines; y por Proyectos de Habilitación Urbana, la cual asciende a un monto total de S/. 50,55.69 Nuevos Soles, y con la fotocopia del Recibo: Nº 0006649604 (f. 108) de fecha 10 de noviembre del 2010; acreditan la cancelación respectiva; Que, para el pago del défi cit de aportes quedarán diferidos hasta la Recepción de Obra, quedando el Lote Nº 21, Nº 22 y Nº 31 de la Manzana “A”, el Lote Nº 3 de la Manzana “E”, el lote Nº 8 de la manzana “J”, los lotes Nº 1 y Nº 3 de la Manzana “M” sean destinados a Parques Zonales; los lotes Nº 5, Nº 8, Nº 12, Nº 15 y Nº 19 de la Manzana I, los lotes Nº 6 y Nº 7 de la Manzana “L” sean destinados al Ministerio de Educación; los lotes Nº 1 y Nº 8 de la Manzana “B”, los lotes Nº 1 y Nº 3 de la Manzana “N” sean destinados a Renovación Urbana; como garantía de pago de conformidad con el Artículo 10 de la Ordenanza Nº 836-MML; Que, mediante Informe N° 275 -2010-SYL, de fecha 02 de diciembre de 2010; emitido por el Área de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro; se concluye que el presente trámite es procedente, al respetar los planes urbanos y haber cumplido los administrados con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos Vigente de la Municipalidad Distrital de Ate; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, Ordenanza Nº 836-MML y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano Signado con el N° 089 - 2010 - SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolución, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM”, Zona de Recreación Pública-ZRP y Protección y Tratamiento Paisajista –PTP del terreno con un área total de 37, 639.15 m2, situado en Jirón Antigua Huerta San Antonio, terreno constituido por la Parcela Denominada Zona Este SECCION C-1, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA UPIS 26 DE MAYO; para ejecutar las obras de Habilitación Urbana hasta el 09 de marzo del 2013, responsabilizándose la administrada por la culminación de las mismas y teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS: Área Bruta Total : 37,639.15 m2 Área Bruta RDM : 36,501.76 m2 Área Bruta PTP : 1,137.39 m2