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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de enero de 2011 433382 SPP -de acuerdo a la defi nición contenida en el artículo 23° del precitado Título IV-, en adelante potenciales pensionistas, y establece los estándares mínimos de contenido de información que las AFP deberán observar durante la labor de orientación que brinden, sea cual fuere el canal de comunicación empleado. 2. Guías Informativas Para el desarrollo de las actividades de atención y orientación a potenciales pensionistas con anterioridad al inicio de los trámites de benefi cios, las AFP deberán utilizar las guías informativas establecidas en los Anexos V al VII que forman parte de la presente circular, las que serán publicadas en el Portal electrónico institucional de esta Superintendencia (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Las guías informativas del Módulo II, referido a Invalidez en el SPP, son las siguientes: V. Sistema Evaluador de Invalidez VI. Temas importantes que usted debe tener en cuenta durante el proceso de evaluación y califi cación de invalidez. VII. Lo que usted debe saber y recordar al momento de tramitar su pensión de invalidez. 3. Plazo de adecuación Las AFP deberán adecuar el contenido de la información que sirve de base para la orientación a potenciales pensionistas, dentro del plazo de sesenta (60) días útiles contados a partir de la entrada en vigencia de la presente circular. 4. Vigencia La presente circular entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Atentamente, FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 584547-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados de enero a octubre del año 2010 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 037–2010–GRA/GG-GRDE-DREMA. Ayacucho, 22 de octubre de 2010 VISTO: El Informe Nº 0443-2010-GRA/GG-GRDE- DREM-ATN de fecha 20 de Octubre del 2010, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ayacucho y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92–EM, haciendo referencia al artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de la Minería, establece que para los efectos de lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley, el Registro Público de Minería, dentro de los primeros 15 días de cada mes publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Relación de las Concesiones Mineras cuyos títulos hubieran sido otorgadas durante el mes inmediato anterior. Que, de conformidad Informe Nº 0443-2010-GRA/ GG-GRDE-DREM-ATN de fecha 20 de Octubre del 2010, del Área Técnica Normativa de la Dirección Regional de Energía y Minas informa la Relación de cuarenta y dos (42) títulos de concesiones mineras, otorgadas de Enero a Octubre del año 2010, están expeditos para la publicación correspondiente en el Diario Ofi cial “El Peruano”. De conformidad a la Resolución Ministerial Nº 550- 2006-MEM-DM, publicada con fecha 18 de Noviembre del 2006 se declaró que el Gobierno Regional de Ayacucho, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de la Fecha para el ejercicio de la misma, y de conformidad al Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; y, De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo competencia la Dirección Regional de Energía y Minas de Ayacucho; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados de Enero a Octubre del año 2010, de acuerdo a la relación adjunta, que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y archivese. FELIX A. CARDENAS MENDOZA Director Dirección Regional de Energía y Minas RELACIÓN DE LAS CONCESIONES OTORGADAS EN EL AÑO 2010 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS. AYACUCHO 1.- A) AMANECER PERU B) 550003508 C) JUAN FRANCISCO OLIVERA MESA D) R.E.R Nº 0470-2010- GRA/PRES 07/06/2010 E) 18 F) V1:N8473 E636 V2:N8471 E636 V3:N8471 E637 V4:N8470 E637 V5:N8470 E638 V6: N8469 E638 V7:N8469 E637 V8:N8468 E637 V9:N8468 E636 V10:N8469 E636 V11:N8469 E635 V12:N8472 E635 V13:N8472 E634 V14:8473 E634 2.-A) AMANECER PERU A B) 550004308 C) JUAN FRANCISCO OLIVERA MESA D) R.E.R Nº0785-2010-GRA/PRES 02/09/2010 E) 18 F) V1:N8471 E633 V2:N8469 E633 V3:N8469 E634 V4:N8468 E634 V5:N8468 E632 V6:N8469 E632 V7:N8469 E631 V8:N8471 E631 3.- A) AQUILLANI 2010 I B) 550003310 C) FABIAN CHAMPION BERROCAL D) R.E.R Nº 0905-2010- GRA/PRES 27/09/2010 E) 18 F) V1:N8411 E540 V2:N8411 E541 V3:N8410 E541 V4:N8410 E540 4.- A) AZURQUITO B) 550004109 C) RICARDO JAVIER BERNAL TELLO D) R.E.R Nº 0488-2010-GRA/PRES 08/06/2010 E) 18 F) V1: N8553 E595 V2:N8551 E595 V3:N8551 E594 V4: N8553 E59 5.- A) CANALCHAYOCC B) 550004209 C) FERNANDO GALVAN LUJAN D) R.E.R Nº 0445-2010- GRA/PRES 03/06/2010 E) 18 F) V1:N8346 E562 V2:N8344 E562 V3:N8344 E564 V4:N8342 E564 V5:N8342 E563 V6: N8343 E563 V7:N8343 E561 V8:N8346 E561 6.- A) CERRO MARCONA B) 550003709 C) BOREAL INGENIEROS S.A.C D) R.E.R Nº 0480-2010-GRA/PRES 08/06/2010 E) 18 F) V1:N8334 E581 V2:N8331 E581 V3: N8331 E579 V4:N8332 E579 V5:N8332 E580 V6:N8334 E580 7.- A) COLPAR 2008 B) 550005008 C) FABIAN CHAMPION BERROCAL D) R.E.R Nº 0874-2010-GRA/ PRES 24/09/2010 E) 18 F) V1:N8332 E680 V2:N8333 E680 V3:N8333 E682 V4:N8332 E682 V5:N8332 E681 8.- A) DANITO 1 B) 550002009 C) FLOR DE MARIA DIAZ YZQUIERDO D) R.E.R Nº 0461-2010-GRA/PRES 07/06/2010 E) 18 F) V1:N8305 E606 V2:N8303 E606 V3: N8303 E604 V4:N8305 E604 9.- A) DON ALBERTO XII B)