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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de enero de 2011 433388 Que mediante Ofi cio N° 2275-2010-MML-GDU-SPHU, de fecha 29.OCT.2010, la Municipalidad Metropolitana de Lima por intermedio de la Sub gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, Otorga la visación de los planos, de acuerdo al informe N° 246-2010-MML-GDU- SPHU-DCO de fecha 29.10.2010, en la cual se verifi có el cumplimiento de los Planes Urbanos Vigentes. Que se está determinado los aportes para Recreación Pública de 1,424.35 m2 constituido por el Parque N° 1, para Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) de 406.96 m2 constituido por el Lote N° 1 de la Manzana E y SERPAR de 207.60 m2 constituido por el lote 2 de la manzana E. Que, se está aceptando el défi cit de aporte para SERPAR de 199.36 m2, Renovación Urbana de 203.47 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 406.96 m2, Para el área califi cada como Residencial de Densidad Media RDM. Los défi cit para SERPAR de 362.83 m2, Renovación Urbana 217.69 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 145.13 m2. Para el área califi cada como Comercio Zonal (CZ). al tratarse de una Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada y haberse verifi cado que sólo existen áreas parciales para destinarlas a los aportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Que de conformidad con la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento aprobado Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Decreto de Alcaldía Nº 079 MML y Ordenanza Nº 836 MML. Que, estando a lo expuesto en los párrafos precedentes y de conformidad con el artículo 26º de la ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley General de Habilitaciones Urbanas, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en virtud de la delegación de facultades otorgadas mediante la Resolución de Alcaldía Nº 197-2009-A/MDC de fecha 06 de Marzo del 2009. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada Tipo B-4, denominada Programa de Vivienda Las Lomas de Carabayllo, para los Usos Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, administrada por la Constructora Rimachi- Martínez S.A, representado por su Apoderado Marivel G. Rimachi Martínez. Desarrollada en la Parcela N° 132, Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el N° 125-2010/GDUR- MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a Constructora Rimachi-Martínez S.A, representado por su Apoderado Marivel G. Rimachi Martínez, para ejecutar en un plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, los proyectos de obras de pavimentación y veredas de la Habilitación Urbana Ejecutada, cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos fi rmados y sellados por las respectivas entidades encargadas, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: CUADRO DE ÁREAS Área Bruta total 30,000.00 m² Área de Vía Metropolitana 2,395.59 m2 Área Afecta a Aportes 27,604.41 m2 Área Afecta a Aportes Zonifi cación RDM 20,347.91 m2. Área Afecta a Aportes Zonifi cación CZ 7,256.50 m2. Área Útil 16,989.84 m2 Área de Aportes 2,038.91 m2 Recreación Publica 1,424.35 m2. Serv. Pub. Compl. Ministerio De Educación 406.96 m2. SERPAR 207.60 m2 Área de Vías 8575.66 m² Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 836- MML establece los aportes reglamentarios que deben ceder las Regularizaciones de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas y que a continuación se detalla: APORTES (ZONIFICACIÓN RDM, ÁREA BRUTA = 20,347.91 m2) Ordenanza N° 836-MML PROYECTO DÉFICIT Área (m2) % Área (m2) Área (m2) Recreación Pública 1,424.35 m2 7% 1,424.35 ------- Parques Zonales 406.96 m2 2% 207.60 199.36 Renovación Urbana 203.47 m2 1 % ------- 203.47 m2 Servicios Públicos Complementarios (Ministerio de Educación) 406.96 m2 2% 406.96 m2 ------- Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 406.96 m2 2% ------- 406.96 m2 o El défi cit de aporte reglamentario para SERPAR de 199.36 m2. Renovación Urbana de 203.47 m2. y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 406.96 m2. Será redimido en dinero. APORTES (ZONIFICACIÓN CZ, ÁREA BRUTA = 7,256.50 m2) Ordenanza N° 836-MML PROYECTO DÉFICIT Área (m2) % Área (m2) Área (m2) Parques Zonales 362.83 m2 5% 0.00 m2 362.83 m2 Renovación Urbana 217.69 m2 3% 0.00 m2 217.69 m2 Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) 145.13 m2 2% 0.00 m2 145.13 m2 Nota: Los défi cit de aportes reglamentarios para parques Zonales de 362.83 m2, para Renovación Urbana de 217.69 m2 y para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 145.13 m2 serán redimidos en dinero. SIENDO LAS CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA HABILITACION URBANA: Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub-Rasante.- Para conseguir en suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la Densidad Proctor Modifi cado de laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetro máximo de 1 1/2”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riesgos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98 % de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=140 Kg/ cm², de 0.15 m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación con la calzada terminada será de 0.20 m y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor.