Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2011 (01/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

433391

La habilitacion del area de 31,439.40 m2., constituido por 132 Lotes distribuidos en 5 Manzanas A, B, C, D y E, destinados a uso Residencial Densidad Media (RDM) y Comercio Vecinal (CV). Que mediante Esquela de Observacion, del Titulo Nº 2010-00567280, de fecha de MORDAZA el 05-082010, adolece de defecto subsanable, siendo objeto de la siguiente observacion acorde con las normas que se cita: - Previamente debera inscribirse en la Partida Matriz la Resolucion Municipal que Recepciones las Obras Finales de la habilitacion Urbana; en su defecto, la Libre Disponibilidad de los lotes conforme establece el Articulo 31P del Reglamento de Inscripciones del registro de Predios, aprobado por Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 339-2008-SUNARP/ SN del 23-12-2008. Articulo 31P.- Inscripcion de actos de disposicion de lotes que integran una habilitacion Urbana. Para inscribir la transferencia de propiedad y demas actos de disposicion de los lotes que integran una habilitacion MORDAZA, previamente debe inscribirse la recepcion de obras, salvo que en la resolucion que aprueba dicha habilitacion se establezca la libre disponibilidad sin requerirse la recepcion de obras conforme a la normatividad vigente. Que, mediante Informe Nº 625-2010-GDU-MDEA, de fecha 13-12-2010, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificado el predio registralmente calificado como MORDAZA, que se encuentren ubicado en MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones y servicios publicos y de conformidad a la Resolucion de Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 339-2008-SUNARP/SN del 23-12-2008, Articulo 31Pº , es de Opinion Declarar Procedente la RESOLUCION DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LOTES, de la ASOCIACION DE VIVIENDA RESIDENCIAL HUANCAYO. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, D.S. Nº 024-2008-Vivienda, Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencia de Edificacion, Ordenanzas Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 1025-MML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones, la Resolucion de Alcaldia Nº 583-2010-MDEA, que delega facultades al Gerente Municipal de conformidad al numeral 20 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972, y estando a lo informado por la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y Gerencia de Desarrollo Urbano. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR PROCEDENTE LA LIBRE DISPONIBILIDAD DE LOTES de la ASOCIACION DE VIVIENDA RESIDENCIAL HUANCAYO, con Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada que fue aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 740-2009A-SEGE-02-MDEA de fecha 03-09-2009 y la Resolucion de Alcaldia Nº 908-2009-A-SEGE-02-MDEA de fecha 03-11-2009, expedidas por la Municipalidad Distrital de El Agustino. De conformidad con el Plano Rectificatorio signado con el Nº 002-2009-RHUE-SGCAT/HU-GDUMDEA, la regularizacion de habilitacion MORDAZA ejecutada en via de regularizacion , correspondiente a los proyectos de lotizacion, destinados a uso Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Vecinal (CV), correspondiente al predio inmueble Sub Lote 4B, que forma parte del terreno MORDAZA Vicentelo Bajo, Fundo Vicentelo situado en el MORDAZA de Ate, ubicado en el Distrito de El MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA con una area de 31,439.40 m2. Articulo 2º.- La presente Resolucion forma parte integrante de la Resolucion de Alcaldia Nº 740-2009-A-SEGE02-MDEA de fecha 03-09-2009 y la Resolucion de Alcaldia Nº 908-2009-A-SEGE-02-MDEA de fecha 03-11-2009 expedidas por la Municipalidad Distrital de El Agustino. Articulo 3º.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo 4º.- Encargar a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de la presente

Resolucion y a la Unidad de Informatica en cuanto le corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ALDUDE Gerente Municipal 584318-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban listado de normas no vigentes de caracter general del distrito de La Punta
ORDENANZA Nº 020-2010-MDLP/ALC La Punta, 28 de diciembre de 2010. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA VISTO: En sesion ordinaria de fecha 28 de diciembre de 2010, el Informe Nº 401-2010-MDLP/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, y posteriormente modificado por la Ley Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con este se pronuncia el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, por lo que estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, en su Articulo 40º, dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Agrega el Numeral 8 del Articulo 9º, que corresponde al concejo municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Articulo 8º de la Ley que Inicia el MORDAZA de Consolidacion del Espectro Normativo Peruano, Nº 29477, dispone que los diferentes Sectores, los Gobiernos Regionales y Locales, asi como los organismos publicos, confeccionaran progresivamente los listados de las normas no vigentes de caracter general que hubieren expedido, los que seran difundidos a traves de normas igualmente de caracter general cuya expedicion estuviera dentro del ambito de sus atribuciones. Asimismo, remitiran con caracter obligatorio los listados confeccionados al Ministerio de Justicia, que a traves de su Direccion Nacional de Asuntos Juridicos los consolidara y reportara al Congreso de la Republica para que continue con el MORDAZA de racionalizacion y sistematizacion legislativa; Que, mediante Memorando Circular Nº 001-2010MDLP/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica solicita a las

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