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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2011 (07/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de enero de 2011 433746 Autorizan a Conduceman S.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3358-2010-MTC/15 Lima, 29 de noviembre de 2010 VISTO: El Expediente Nº 2010-0018769, presentado por la Empresa denominada CONDUCEMAN SRL, solicitando se otorgue autorización como Escuela de Conductores Integrales, a fi n de brindar el servicio de capacitación Técnico – Práctico de conducción de toda clase de vehículos automotores, así como brindar formación para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III; CONSIDERANDO: Que, mediante el expediente indicado en visto la empresa CONDUCEMAN SRL, que en adelante se denominará La Empresa, solicita autorización como Escuela de Conductores Integrales; Que, la Empresa ha cumplido con presentar toda la documentación exigida en el articulo 43° y 51º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008- MTC, en adelante El reglamento, determinándose que lo peticionado reúne los requisitos documentales exigidos; Que, el artículo 43° de El Reglamento, establece las condiciones de acceso que deben presentar las Escuelas de Conductores; asimismo, en el artículo 51º del mismo se establecen los requisitos para solicitar una autorización como Escuela de Conductores; Que, mediante Informe Nº 044-2010-MTC/15.JRN emitido por el Asesor Legal el Dr. José Rosales Noel, concluye que la Empresa cumple con todo lo señalado en las memorias Descriptivas, plano de ubicación y de distribución de los locales y declaración jurada. Considerando que, mediante Informe Nº 1445-2010- MTC/15.03, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que la Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, resulta procedente dicha solicitud por cumplir con los requisitos establecidos para ello; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Empresa CONDUCEMAN SRL para funcionar como una Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES CONDUCEMAN SRL. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : Local Directivo, Administrativo, Recepción e Informes: Av. General Córdova Nº 194-A Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo- Junín (Primer Piso). Local para las Clases Teóricas: Av. General Córdova Nº 194-B Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo- Junín (Tercer Piso). Local para el Taller Teórico – Práctico de Mecánica: Av. General Córdova Nº 158 Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo - Junín (Primer Piso). Circuito de Prácticas de Manejo: Av. Cementerio S/N Distrito de Pilcomayo, Provincia de Huancayo – Junín. Plazo de Autorización : Cinco (05) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. 586452-1 l m n q O P REVERSO