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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de enero de 2011 433731 a lo señalado en el numeral 3 del citado artículo 11º que indica: “Cuando lo disponga una resolución administrativa o judicial fi rme que implique (i) la modifi cación de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en trámite por sustitución de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de fl ota por sustitución de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobación del Listado de PMCE; o, (iv) la modifi cación de un permiso de pesca”; Que, mediante Resolución Directoral N° 843-2008- PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobó el Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE (Centro Norte), cuyo Anexo fue publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Directoral N° 708-2010- PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobó el Listado de Asignación de los Límites Máximos de Captura por Embarcación-LMCE, correspondiente a la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) del 2010, en la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16° 00’ Latitud Sur, el mismo que en Anexo forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, mediante Resolución Directoral Nº 473-2008- PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de agosto de 2008, se resolvió entre otros; otorgar a los señores MANUELA, TORIBIA, EMILIO, SEGUNDO PABLO, JOSE, CARLOS ENRIQUE y ALBERTO GORDILLO JACINTO, autorización de incremento de fl ota para construir una embarcación pesquera de madera de 71 m3 de capacidad de bodega y dedicarla a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina, para destinarlas al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm) respectivamente, según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa, vía sustitución de las capacidades de bodega provenientes de las embarcaciones pesqueras no siniestradas ADELA ISABELA de matrícula Nº PL- 12083-CM y ENMANUEL de matrícula Nº PL-17600-CM; Que, mediante Resolución Directoral Nº 701-2010- PRODUCE/DGEPP, se aprobó a favor de la señora TORIBIA GORDILLO JACINTO, vía regularización el cambio de titular del derecho de autorización de incremento de fl ota vía sustitución de capacidad de bodega, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 473- 2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 28 de agosto de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; Que, el artículo 3° de la precitada resolución, resuelve en virtud al cambio de titular del derecho de autorización de incremento de fl ota indicado en el artículo 2º de la presente Resolución, otorgar a favor de la señora TORIBIA GORDILLO JACINTO, permiso de pesca para operar la embarcación pesquera de madera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM y 71 m3 de capacidad de bodega, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgada (13 y 38 mm) y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa en el ámbito del litoral nacional; Que, el artículo 6° de la Resolución Directoral Nº 701- 2010-PRODUCE/DGEPP, Incorporó el permiso de pesca de la embarcación pesquera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM de 71 m3 de capacidad de bodega, en el anexo correspondiente del listado de embarcaciones con permiso de pesca vigente publicado por Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, y se excluye a las embarcaciones ADELA ISABELA de matrícula Nº PL- 12083-CM y ENMANUEL de matrícula Nº PL-17600-CM del citado listado; Que, mediante el escrito del visto, la señora TORIBIA GORDILLO JACINTO, solicita Asignación de nuevo Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) y LMCE de la embarcación pesquera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM de 71 m3 de capacidad de bodega; Que, mediante Memorando Nº 01150-2010- PRODUCE/OGTIE de fecha 19 de noviembre de 2010, en su Informe N° 92-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística, remite el cálculo del PMCE y LMCE Zona Norte-Centro – 2da Temporada 2010; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico Nº 1012-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Nº 1391-2010-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Asignación del nuevo Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), de 0.026050% y Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE), de 539.53 TM correspondiente a la embarcación pesquera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM, para la Zona Norte-Centro, segunda temporada 2010. Artículo 2°.- Suspender durante la vigencia de la Medida de Ordenamiento Pesquero, el permiso de pesca de la embarcación pesquera ADELA ISABELA de matrícula PL-12083-CM, y ENMANUEL de matrícula PL-17600-CM como consecuencia de la Asignación del nuevo PMCE y LMCE aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3°.- Incorporar al Listado de los Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación (PMCE), correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral, aprobado por Resolución Directoral N° 843-2008- PRODUCE/DGEPP a la embarcación pesquera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM. Artículo 4°.- Incorporar al Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE) correspondiente a la Zona Norte-Centro del litoral, aprobado por Resolución Directoral N° 708-2010- PRODUCE/DGEPP a la embarcación pesquera EMMANUEL de matrícula PL-34323-PM. Artículo 5°.- La incorporación de la referida embarcación pesquera a los Listados de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación (PMCE) y Listado de los Límites Máximos de Captura por Embarcación (LMCE) correspondiente a la Zona Norte Centro, aprobados por Resolución Directoral N° 843-2008-PRODUCE/DGEPP y Resolución Directoral N° 708-2010-PRODUCE/DGEPP, referidas en los artículos 1°, 3° y 4° de la presente Resolución no modifi ca los PMCE y LMCE asignado a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Artículo 6°.- Excluir los Ítems respectivos del Anexo publicado con la Resolución Directoral Nº 843-2008- PRODUCE/DGEPP y N° 708-2010-PRODUCE/DGEPP correspondiente a la segunda temporada de pesca, a la embarcación pesquera ADELA ISABELA de matrícula Nº PL-12083-CM y ENMANUEL de matrícula Nº PL- 17600-CM. Artículo 7°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es : www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DÍAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 585655-5