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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de enero de 2011 434326 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción; correspondiendo al concejo municipal la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de ley, conforme al numeral 4) del artículo 200° de nuestra Carta Magna. Que, mediante ordenanza N° 190-MDSM se aprueba la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y vencimiento de pago del impuesto predial 2010, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 069 el 26 de febrero de 2010, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 04 de marzo de 2010. Que, mediante informe Nº 001-2011-GRAT-MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria se reporta la proyección de los costos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y vencimiento de pago del impuesto predial 2011, los cuales no acusan variación sustancial respecto de los aprobados mediante ordenanza Nº 190-MDSM para el año pasado, por lo que proponen se mantengan; Estando a lo expuesto contando con los informes favorables de las gerencias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento y Presupuesto, en uso de las facultades concedidas por el inciso 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el concejo municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2011 Artículo 1º.- Marco legal Aprobar la emisión mecanizada de la hoja de liquidación del impuesto predial correspondiente al año fi scal 2011 y dispóngase que para efectos de establecer los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto predial 2011, el marco legal aplicable será el aprobado mediante la ordenanza N° 190-MDSM, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acuerdo de Concejo N° 069 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 04 de marzo de 2010. Artículo 2º.- Determinación del monto por derecho de emisión Prorrogar la vigencia de la ordenanza Nº 190-MDSM que fi jó el derecho de emisión mecanizada de la hoja de liquidación del impuesto predial en S/. 4.50 (Cuatro con 50/100 Nuevos Soles) y por cada predio adicional (PU) se abonará la suma de S/. 2.00 (Dos con y 00/100 Nuevos Soles). Asimismo fíjese en 0.6% de la UIT monto mínimo del impuesto predial para el año fi scal 2011. Artículo 3º.- Determinación de las fechas de vencimiento de pago del impuesto predial 2011 Establecer como fecha de vencimiento del pago del impuesto predial del ejercicio fi scal 2011: - Al contado hasta el último día hábil de febrero del 2011. - En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales cuyos vencimientos son el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre del 2011. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES Facúltese al alcalde para que mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la norma aprobada. Segunda.- VALIDEZ Y VIGENCIA La presente ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Tercera.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y a la Subgerencia de Informática el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 590248-3 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban Amnistía General para pago de deudas tributarias y no tributarias en el distrito ORDENANZA N° 252-MDS Surquillo, 7 de enero de 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe N° 002-2011-GAJ-MDS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N° 002-2011/GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe N° 01- 2011-GR-MDS de la Gerencia de Rentas, estando a lo dispuesto en los artículos 74º, 194º y 195º numeral 3) de la Constitución Política del Perú, modifi cado por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes N° 27680, N° 28390 y N° 28607, en la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y el artículo 41º del citado Texto Único Ordenado del Código Tributario modifi cado por el artículo 9º de Decreto Legislativo N° 981, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º numerales 8) y 9) y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD de votos de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de comisiones y de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECE AMNISTIA GENERAL POR UNICA VEZ PARA PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS DENOMINADO “PONTE AL DIA CON SURQUILLO” Artículo Primero.- OBJETIVO, FINALIDAD Y DEUDAS MATERIAS DE ACOGIMIENTO