Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2011 (15/01/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de enero de 2011

NORMAS LEGALES
SANCION SANCION COMPLEMENTARIA

434317

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

CODIGO

INFRACCION

Instalar o usar uno o mas elementos de seguridad sin S/. 1,440.00 Retiro del elemento contar con la autorizacion municipal, estando o no en tramite la solicitud de autorizacion No mantener en buen estado de conservacion y aseo el elemento de seguridad autorizado No instalar el elemento de seguridad dentro del plazo senalado de treinta (30) dias calendario de haberse recibido la Resolucion de Autorizacion. No retirar el elemento de seguridad treinta (30) dias naturales despues del vencimiento de la autorizacion, sin haber solicitado la renovacion o cuando ha sido denegada. Negar el MORDAZA peatonal o vehicular en el acceso controlado por el vigilante del elemento de seguridad instalado. Dejar el elemento de seguridad en estado de abandono S/. 180.00

S/. 180.00

Retiro y/o demolicion S/. 740.00 del elemento, anular la autorizacion

Primera.- Las personas naturales o juridicas que a la fecha de publicacion de la presente ordenanza hayan instalado elementos de seguridad, rejas, tranqueras o Plumas levadizas que no cuenten con la autorizacion municipal respectiva, deberan iniciar su tramite para obtenerla, cumpliendo los requisitos senalados en la presente Ordenanza y dentro de los proximo noventa (90) dias calendario. Segunda.- Las personas naturales o juridicas que cuenten con autorizaciones de instalacion de elementos de seguridad expedidas con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, deberan adecuarse a las presentes disposiciones, dentro del plazo de sesenta (60) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion. Tercera.- Vencido los plazos senalados en la primera y MORDAZA disposicion transitoria, no se concederan nuevas autorizaciones, procediendose al retiro del elemento de seguridad conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
DISPOSICIONES FINALES

S/. 360.00

S/. 180.00 Retiro y/o demolicion del elemento de seguridad, anular la autorizacion Retiro y/o demolicion S/. 360.00 del elemento de seguridad, anular la autorizacion Retiro y/o demolicion S/. 360.00 del elemento de seguridad

Primera.- Facultar al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano y en la pagina Web de la Municipalidad de El MORDAZA (www.munielagustino.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
590382-1

Dejar el elemento de seguridad cerrado o sin presencia del MORDAZA o vigilante. Continuar utilizando o mantener instalado el elemento de seguridad treinta (30) dias naturales despues de haberse sancionado por alguna de las infracciones que amerite el retiro, demolicion o incautacion del elemento instalado. Incumplir otras especificaciones o lineamientos senalados en la autorizacion

Aprueban Ordenanza del Serenazgo Especial Vecinal del distrito de El MORDAZA
ORDENANZA Nº 463-MDEA

El MORDAZA, 30 de diciembre del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el pedido de la Comision Permanente de Regidores de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece como una de las funciones de la municipalidades la de organizar un servicio de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial respectiva; Que, en MORDAZA a lo senalado en la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, la Ley Nº 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y la Ordenanza Nº 333-MDEA, sobre participacion comunitaria en los Comites Vecinales de Seguridad Ciudadana (COVESC), con la finalidad de establecer en diferentes partes del distrito el servicio especial de serenazgo, normado mediante Ordenanza Nº 321-MDEA, de fecha 31 de enero del 2007; Que, la actual gestion municipal consciente de la situacion de inseguridad que vive el MORDAZA y de la cual no es ajeno nuestro distrito, la ordenanza Nº 445-MDEA, que

S/ 180.00

Articulo 15º.- Las Infracciones descritas en el articulo anterior seran aplicadas conforme al procedimiento sancionador establecido en el Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de El Agustino. a.- Las sanciones seran impuestas por cada elemento de seguridad instalado. b.- Las sanciones de retiro y/o demolicion, seran impuestas mediante Resolucion de la Gerencia de Desarrollo Urbano. c.- Las infracciones a la presente Ordenanza seran imputadas a la directiva de la agrupacion vecinal (COVESC o JJ.VV.) que solicitaron la autorizacion del elemento de seguridad, la misma que asumira la responsabilidad y el cumplimiento de las sanciones impuestas. d.- El retiro del elemento de seguridad que estan establecidas en la presente ordenanza debera efectuarse por cuenta de los COVESC o JJ.VV, segun sea el caso, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias naturales. e.- La reincidencia y continuidad de las infracciones seran sancionadas de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la Municipalidad, aplicandose el doble de la multa anteriormente impuesta.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.