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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2011 (15/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de enero de 2011 434313 Que el mencionado terreno se encuentra denominado como Parcela Nº 186, Proyecto Punchauca –Lima Norte, Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y departamento de Lima debidamente registrado en la Partida P01008638 del Registro predial Urbano y tiene un área de 20,015.00 m2, tal como se acredita con la copia literal que obra en el expediente y como titular fi gura la Sra. LUCIA GUTIERREZ ORELLANA. Que, con Certifi cado de Habilitación de Profesional Responsable otorgado por el Colegio de Ingenieros del Perú, al Ing. ASMAD QUIROZ, HELBERT CESAR con CIP 067797. Para el proyecto de Modifi cación de proyectos aprobados de Habilitación Urbana. Que mediante Dictamen Nº 004-2010-CTHU-MDC de fecha 18.06.2010; la comisión técnica de Habilitaciones Urbanas, dictamina la no conformidad de la modifi cación de Proyectos Aprobados del Programa de Vivienda Los Portales de Carabayllo; por lo siguiente: No cumple con sustentar la inexistencia de áreas disponibles total o parcial para aportes reglamentarios, como indica el Artículo Nº 10 de la Ord. Nº 836-MML, no cumple con dejar el aporte para recreación pública en su totalidad habiéndose verifi cado, según el plano Catastral adjuntando la existencia de áreas libres; No cumple con dejar los aportes para el Ministerio de Educación habiéndose verifi cado, según plano catastral adjuntado la existencia de áreas libres; no se encuentra cumpliendo con los planes urbanos según el Certifi cado de Zonifi cación y Vías; Nº 230-2010-MML- GDU-SPHU de fecha 8.03.2010. Que mediante Documento Simple Nº 009185-2010 de fecha 24.06.2010, presentada por el recurrente subsana las observaciones hechas por la Comisión Técnica de Habitaciones Urbanas, y que mediante el Dictamen Nº 008-2010-CTHU-MDC de fecha 13.09.2010; la comisión técnica de Habitaciones Urbanas Dictamina dar la conformidad a la Modifi cación de Proyectos Aprobados del Programa de vivienda Los Portales Ubicado en la predio denominada Parcela Nº 186 del Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima. Que, mediante Informe Nº 1205-2010/SCHU- GDUR-MDC, de fecha 6 de Octubre del 2010 de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones urbanas, informa que el perímetro del terreno no presenta superposición con ningún predio colindante; y ha cumplido con los Planes urbanos, teniendo una ocupación que no permite dejar en terreno los aportes para Ministerio de Educación, SERPAR, Renovación Urbana y para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital), asimismo, de acuerdo al Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 230-2010-MML-GDU-SPHU, se está respetando las vías y los Planes Urbanos, por lo que se sugiere declara procedente técnicamente la petición del recurrente de acuerdo a lo antes expuesto. Sugiriendo se remita al Área legal para su opinión respecto a su titularidad y procedimiento legal, encontrando la propuesta técnica conforme. Que se adjuntado el documento emitido por la empresa prestadora de Servicios EDELNOR le otorgara la certifi cación de Existencia u sufi ciencia de redes de agua potable y alcantarillado. Para el Programa de Vivienda Los Portales de Carabayllo, cuenta con redes segundarias de agua potable y alcantarillado. Según el Documento S.E Nº 898137, del 25 de abril del 2010. Que de acuerdo al Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 230-2009-MML-GDU-SPHU de fecha 8 de Marzo del 2010, de la Municipalidad de Lima, informa que el predio se encuentra califi cado con Zonifi cación de Residencial de Media Densidad (RDM) de conformidad a la Ordenanza Nº 1105-MML del 05 de Enero del 2008. Encontrándose afecto a la vía colectora de 20.00 ml denominada Avenida Rio Chillón, Entrada, de conformidad con la Ord. Nº 341- MML, 06.12.01 y que las vías locales propuestas se ajustan conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edifi caciones. Que se está determinado los aporte para Recreación Pública de 1330.60 m2 constituido por el Parque La Amistad, para el Ministerio de Educación un área de 180.20 m2, constituido por el lote 31 de la Manzana C y Renovación Urbana de 190.20 m2 constituido por el Lote 24 de la Manzana C. Que, se está aceptando el défi cit de aporte para SERPAR de 380.17 m2, Ministerio de Educación de 199.97 m2 y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 380.17 m2, conforme a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML. Que, mediante informe Nº 254-2010-GAJ-MDC de fecha 18.OCT.2010; de la Gerencia de Asesoría Jurídica; informa que el défi cit por aportes reglamentarios derivados de SERPAR, son los mismos, tanto en la aprobación del proyecto de Habitación Urbana, con el presente pedido de modifi cación de Habilitación Urbana aprobada es 400.30m2, y por consiguiente de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 171 numeral 2 de la Ley Nº 27444 y lo expuesto en el informe Nº 1025-2010/SCHU-- GDUR-MDC, la gerencia de Asesoría Jurídica opina que se apruebe la Modifi cación de Proyecto aprobado de la Regularización de Habitación Urbana ejecutada del programa de vivienda Los Portales de Carabayllo. Que, estando a lo expuesto en los párrafos precedentes, y de conformidad con la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, y su modifi cación Ley Nº 29476, Ley Nº 29566, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 003-2010- VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y en virtud de la delegación de facultades otorgadas mediante la Resolución de Alcaldía Nº 197-2009-A/MDC de fecha 6 de Marzo del 2009. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Modifi cación de Proyectos Aprobados de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda Los Portales de Carabayllo, para uso Residencial de Densidad Media RDM, Desarrollado en sobre el terreno de 20,015.00 m2, constituido por la Parcela Nº 186 del Proyecto Punchauca - Lima Norte Valle Chillón, ubicado en el distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima. De conformidad con el plano de replanteo de Lotización Nº 128-2010/GDUR-MDC y la Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Sra. LUCIA GUTIERRREZ ORELLANA, para ejecutar en un plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, los proyectos de pavimentación de pistas, veredas, muretes de señalización y rampas de discapacitados de la Habilitación Urbana Ejecutada, cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos fi rmados y sellados por las respectivas entidades encargadas, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta del Terreno 20,015.00 m2 Área Vía Metropolitana 1,006.45 m2 Área Afecta a Aportes Reglamentarios 19,008.55m2. Área Útil para vivienda 12,447.27 m2 Área Recreación Publica 1,330.60 m2 Área de Ministerio de Educación 180.20 m2 Area de Fomur 190.20 m2 Área de Compensación 276.16 m2 Área de Vías 4,584.12 m2 Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 836- MML establece los aportes reglamentarios que deben ceder las Regularizaciones de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas y que a continuación se detalla: