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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2011 (20/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de enero de 2011 434632 Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de los Expedientes Matrimoniales a partir de la expedición del presente Decreto de Alcaldía, hasta el día miércoles 16 de febrero del 2011. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Secretaría General a través de la Subgerencia de Registro Civil, el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 591290-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001 Callao, 18 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 188 establece que la descentralización es una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del país, precisando además que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 numeral 3 establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, asimismo, en el numeral 8 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000067 del 22 de diciembre de 2010, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 048-2008-PCM-SD, se aprobó la Directiva Nº 004-2008-PCM/SD “Normas Específi cas para la Transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social incluidas en el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM”, que estableció los requisitos, procedimiento y plazos para la transferencia de funciones y competencias que el MIMDES ejerce sobre las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, en cuyo numeral 3.1 se dispuso que uno de los requisitos para acceder a la transferencia es la “Existencia dentro de la estructura orgánica del Gobierno Local Provincial de una unidad responsable de ejercer las funciones y competencias”; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 001-2011-PCM/SD se incorporó al proceso de transferencia a la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao y a la Municipalidad Provincial del Callao; por lo que se hace necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, incorporando las funciones operativas de “Controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento y gestión de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao” en la unidad orgánica más idónea para dicha fi nalidad; Que, el Informe Nº 005-2011-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización que hace suyo el Informe Nº 003- 2011-MPC-GGPPR de la Gerencia de Racionalización, adscrita a dicha Gerencia General, así como el Informe Nº 11-2011-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinan favorablemente a la promulgación de la presente Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1.- Apruébase la modifi cación en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 000067-2010, del artículo 108 en lo relacionado a la Sección III: Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales, siendo su nuevo texto el siguiente: “Artículo 108º. La Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales es el órgano de línea especializado en brindar diversos servicios de índole social, de salud y cultural como el registro civil, la promoción y difusión de la cultura, el deporte, el turismo, la sanidad y el bienestar y promoción social en benefi cio de los niños y niñas, personas adultas mayores y mujeres en estado de abandono o en condición de precariedad económica.” Artículo 2.- Inclúyase en el artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, la siguiente función a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales: “Artículo 109º. Son funciones de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales: (…) m. Controlar, supervisar y evaluar el funcionamiento y gestión de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Callao.” Artículo 3.- Publícase la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano y encárgase a la Gerencia de Informática la difusión de la Ordenanza Municipal en el Portal Institucional www.municallao.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 4.- Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 5.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 592237-1