Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2011 (20/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de enero de 2011

concordancia con ello la MORDAZA XII del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala que "para efecto de los plazos establecidos en las normas tributarias debera considerarse lo siguiente: (...) b) Los plazos expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles" (sic); por lo que resulta necesario publicar el calendario de vencimientos; Que, en atencion a las normas legales glosadas y a la politica de esta gestion MORDAZA se encuentra oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes de la Municipalidad, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de arbitrios municipales, debiendose asimismo establecer las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2011; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los articulos 40º y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 010-2011-GAJ-MDLV y de la Gerencia de Rentas mediante Memorandum Nº 0132011-GR/MLV, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobo la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS E IMPUESTO PREDIAL Y ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO 2011

Articulo 4º.- Precisiones respecto a la situacion que genera el beneficio Los beneficios establecidos en la presente Ordenanza son aplicables solo a los Arbitrios Municipales y segun las fechas de vencimiento respectivas. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios, detalladas en el articulo 3º, el beneficio se aplica por anexo cancelado. En caso de los pensionistas que se encuentren gozando de la deduccion de 50 UIT de la base imponible del Impuesto Predial establecida en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, podran acogerse al descuento senalado en el articulo 3º numeral 1 literal a), previo pago de los derechos de emision respectivos.
DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Tecnologia de la Informacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 2º, en caso que la gestion operativa de la recaudacion de los tributos indicados, asi lo amerite. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase.

Articulo 1º.- Objetivo y finalidad Aprobar las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio 2011 y establecer los incentivos por el "Pronto Pago" de dichos tributos en el presente ano. Articulo 2º.- De las fechas de vencimiento Fijense las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente cronograma:
2.1 Impuesto Predial anual : 28 de febrero del 2011

MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA
591798-1

Fijan monto de emision mecanizada, distribucion de cuponeras y determinan monto minimo del Impuesto Predial 2011
ORDENANZA Nº 123-2011/MLV

2.2 Arbitrios e Impuesto Predial trimestral: · Enero, febrero y marzo : · MORDAZA, MORDAZA y junio : · MORDAZA, agosto y septiembre : · Octubre, noviembre y diciembre : 28 de febrero del 2011 31 de MORDAZA del 2011 31 de agosto del 2011 30 de noviembre del 2011

La MORDAZA, 14 de enero del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS; en sesion extraordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 002-2011-CPRDE-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Economico, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la autonomia MORDAZA indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a traves de la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el articulo 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el articulo 200º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, que otorga el rango de ley a las Ordenanzas Municipales; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado ­ TUO ­ del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF,

Articulo 3º.- Regimen de incentivos Los contribuyentes podran optar por acogerse a descuentos en los montos de Arbitrios Municipales por Pronto Pago bajo las siguientes modalidades: 1) Por pago adelantado anual: a) 10% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2011, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial anual, hasta el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2011. b) 7.5% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2011, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales hasta el vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2011. 2) Por pago trimestral: a) 5 % de descuento sobre la determinacion trimestral de Arbitrios Municipales 2011, a condicion que dicho trimestre de Arbitrios Municipales sujeto al beneficio, se cancele MORDAZA o dentro del vencimiento trimestral respectivo.

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