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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 25 de enero de 2011 434888 Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5º.- El mencionado Ofi cial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 6º.- De conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por Ley Nº 29598, el citado Personal Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005- DE7SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por Decreto Supremo Nº 010-2010 DE de fecha 20 de noviembre de 2010. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 594414-6 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a Argentina para participar en el Curso de Especialización en Estudios Estratégicos - Alto Mando RESOLUCIÓN SUPREMA N° 024-2011-DE Lima, 24 de enero de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-3192 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 27 de diciembre de 2010; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización del viaje de DOS (2) Ofi cíales Superiores para que participen en el Curso de Especialización en Estudios Estratégicos - Alto Mando, a llevarse a cabo en el Instituto Universitario Naval, ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA DE ARGENTINA, a partir del 27 de febrero al 31 de diciembre de 2011; Que, la designación del Personal Naval para que participe en la referida especialización, responde a la necesidad de capacitar a los Ofi ciales en Altos Estudios Estratégicos, Doctrina y Defensa en Instituciones Militares Extranjeras, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, el viaje se encuentra considerado en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Item 29 (RO) del Anexo 1 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Año Fiscal 2011, aprobado por Resolución Suprema N° 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata José Antonio KUKURELO Villalobos y del Capitán de Fragata Ignacio PARRA Ponce, para que participen en el Curso de Especialización en Estudios Estratégicos - Alto Mando, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por Ley N° 29598, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por Decreto Supremo N° 010-2010 DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 778-2008 DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata José Antonio KUKURELO Villalobos, CIP. 01809829 y DNI. 44192296, y del Capitán de Fragata Ignacio PARRA Ponce, CIP. 00883918 y DNI. 43315278, para que participen en el Curso de Especialización en Estudios Estratégicos - Alto Mando, a impartirse en el Instituto Universitario Naval, ciudad de Buenos Aires - REPÚBLICA DE ARGENTINA, a partir del 27 de febrero al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires (ARGENTINA) - Lima US$ 866.00 x 2 personas Gastos de Traslado: (Ida y Retorno) US$ 2,900.00 x 2 compensaciones x 2 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 2 personas El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 3°.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El referido Personal Naval deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias.