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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de enero de 2011 435343 Acuerdo P4, conformado por Nueva Zelandia, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos, Malasia, Perú y Vietnam, a realizarse del 14 al 18 de febrero de 2011, en la ciudad de Santiago de Chile, Chile; Que, el Viceministro de Agricultura, mediante Oficio del Visto, comunica los nombres de los representantes del Ministerio de Agricultura, que participaran en las mesas de Acceso a Mercados, Reglas de Origen, Compras Públicas y Asuntos Horizontales; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que son autorizados mediante resolución del titular de la entidad y deben realizarse en categoría económica; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC; Que, la fi rma de este Acuerdo de Asociación Transpacífi co constituye uno de los objetivos y metas del gobierno, prosiguiendo así con el desarrollo de la Agenda de Negociaciones Comerciales Internacionales; Que, dada la especifi cidad y tecnicismo de los temas a tratar en esta reunión de negociación, se hace necesario autorizar la participación de los representantes del Ministerio de Agricultura para sustentar sólidamente la posición del Sector en los compromisos a adoptarse; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Legislativo Nº 997– Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Clara Gisella Maritza Cruzalegui Rangel y Raúl Alejandro Quispe Medina del 13 al 19 de febrero de 2011, y de Inés Fanny Santi Huaranca del 15 al 19 de febrero de 2011, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: CLARA GISELLA MARITZA CRUZALEGUI RANGEL Pasajes US$ 1 230.00 Viáticos US$ 1 200.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Total US$ 2 461.00 RAUL ALEJANDRO QUISPE MEDINA Pasajes US$ 1 230.00 Viáticos US$ 1 200.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Total US$ 2 461.00 INES FANNY SANTI HUARANCA Pasajes US$ 1 230.00 Viáticos US$ 800.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Total US$ 2 061.00 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 596991-2 JUSTICIA Amplían lo dispuesto en el Artículo 1º de la Res. Nº 001-2011-JUS/ CDJE, autorizando a los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo a delegar representación en diversas materias a favor de abogados de cualquier entidad pública RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Nº 003-2011-JUS/CDJE Lima, 24 de enero de 2011 VISTO: La Resolución de la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado Nº 001-2011-JUS/CDJE. CONSIDERANDO: Que, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado es el Órgano del Ministerio de Justicia encargado de dirigir y supervisar el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, conforme lo dispone el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; Que, el inciso 5) del artículo 37º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, establece que el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado podrá autorizar a los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo a delegar su representación a favor de los abogados que laboren en cualquier entidad del Poder Ejecutivo a nivel nacional, mediante escrito simple; Que, el literal e) del artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que uno de los principios rectores de la defensa jurídica es la efi ciencia, la misma que consiste en que toda actuación de los Procuradores Públicos y demás operadores del Sistema se realiza optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y el mejoramiento oportuno; Que, el numeral 22.2 del artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 1068 mencionado, indica que la defensa jurídica del Estado comprende todas las actuaciones que la Ley en materia procesal, arbitral y las de carácter sustantivo permiten; Que, el numeral 22.3 del artículo mencionado señala que debe entenderse por conferidas a los Procuradores