Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2011 (31/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de enero de 2011

su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo; Que, mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C., solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM, de acuerdo al Procedimiento N° 7 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, la administrada sustenta el procedimiento senalado en el considerando precedente, al poseer el dominio de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM, tal como consta en el Certificado Compendioso de Dominio, en la que consigna que la citada embarcacion esta inscrita en la Partida N° 00850577 del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral N° IX-Lima; Que, de la evaluacion al expediente presentado, se determina que la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, asi como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; por lo que es viable aprobar, el cambio de titular de permiso de pesca solicitado a favor del mismo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 1126-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal N° 016-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad al Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la empresa, INVERSIONES ZERO S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, con Resolucion Directoral N° 071-99-CTAR-PIURA-DIREPEDR, modificados por Resolucion Directoral N° 098-2000CTAR-PIURA/DIREPE-DR, y Resolucion Directoral N° 123-2004-GRP-420020-100. Articulo 2°.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1° de la presente Resolucion estara condicionado al resultado del MORDAZA judicial de impugnacion de la multa impuesta a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM, ante la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que se indica en el Memorando N° 00671-2010-PRODUCE/OEC, emitido por el Ejecutor Coactivo del Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a SERVICIOS INDUSTRIALES TIVARSA S.R.L , a traves de la Resolucion Directoral N° 261-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de MORDAZA de 2007, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM. Articulo 5º.- Incorporar a la empresa INVERSIONES ZERO S.A.C. como el MORDAZA titular del permiso de pesca

de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA de matricula CO-15807-CM, en los Anexos correspondientes de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero
596979-3 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2011-PRODUCE/DGEPP

MORDAZA, 14 de enero del 2011 Visto los escritos de registro Nº 00065753-2010 y adjuntos, de fechas 20 de agosto, 04 y 13 de octubre, 06 de diciembre de 2010, presentados por la EMPRESA PESQUERA AGUA VIVA S.A.C., CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el Articulo 9° del Decreto Supremo N° 003-98PE, modificado por el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 004-2007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el Regimen de la Ley N° 26920, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 572-97-PE de fecha 15 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, entre otro, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion artesanal MORDAZA de matricula TA-2208-BM, con 28.30 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1 ½ pulgada (38 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 005-2003GOB. REG-PIURA/DIREPE de fecha 10 de enero de 2003, se otorgo permiso de pesca al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA de matricula TA-2208CM, de arqueo neto 7.60 y de 33.01 m3 de capacidad de bodega en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, utilizando redes de cerco

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