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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (05/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de febrero de 2011 435765 la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 034-2011- GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 20, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, así como Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 300-MDSMP, DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Ordenanza 300-MDSMP hasta el 31.ENERO.2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las Subgerencias respectivas; y su publicación a la Secretaria General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 599790-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban Régimen de Incentivo por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2011 ORDENANZA Nº 00064/MDSA Santa Anita, 31 enero del 2011 VISTO: La propuesta de ordenanza que aprueba el régimen de incentivo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2011, elaborado por la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27630 – Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la Norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Único Ordenado del Código Tributario modifi cado por Decreto Legislativo Nº 953, así como en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modifi car y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, mediante Ordenanzas Nº 00059-MDSA y Nº 00060- MDSA ratifi cadas por Acuerdo de Concejo Nº 490-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano el 24 de Diciembre del año 2010, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2011 de la Municipalidad de Santa Anita; Que, mediante Ordenanza Nº 00062-MDSA publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 29 de Diciembre del año 2010, se establecen las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2011 de la Municipalidad de Santa Anita; Que, estando a las normas expuestas y siendo función de la Gestión Municipal promover políticas tributarias para incentivar a los contribuyentes al cumplimiento puntual de sus obligaciones tributarias, se hace oportuno establecer un incentivo por pronto pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2011, con un descuento en el monto insoluto de los Arbitrios Municipales del año 2011. Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por mayoría se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2011 Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINALIDAD Aprobar el Régimen de Incentivo por Pronto Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2011 administrado por la Municipalidad de Santa Anita. Artículo 2º.- APLICACIÓN DEL RÉGIMEN El régimen de incentivo por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2011, se aplicará sólo a aquellos contribuyentes con carácter de personas naturales, que tengan destinados sus predios sólo a los usos de casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor, no comprendiendo otros usos distintos a los señalados; y se aplicará siempre y cuando el contribuyente se encuentre al día en sus pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo hasta el ejercicio fi scal 2010. Artículo 3º.- DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO POR PRONTO PAGO Los contribuyentes que cumplan con lo establecido en el artículo anterior, y que efectúen en forma adelantada la cancelación total del pago anual del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2011 de todos los usos determinados (casa-habitación, terrenos sin construir, predios de uso exclusivo de estacionamientos privados y comercio o servicio menor) hasta el 28 de febrero del presente año, tendrán un descuento del 100% del monto insoluto de la cuota del mes de diciembre de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del año 2011 de cada uno de sus usos. Artículo 4º.- EXCLUSIONES DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO Exclúyase a aquellos contribuyentes que tengan la condición de Pensionista, cuya determinación anual del monto insoluto del Impuesto Predial del año 2011 sea igual a S/. 0.00 nuevos soles. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informática y Estadística la implementación de los mecanismos para su aplicación, a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaria General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 28 de Febrero del año 2011. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 599508-1