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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (05/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de febrero de 2011 435751 del Poder Judicial de dicha República”; a realizarse en la ciudad de San José de la República de Costa Rica, desde el 07 de febrero al 13 de febrero de 2011; para cuyo efecto se deberá otorgar la licencia con goce de haber correspondiente, a partir del día siete (07) de febrero al (13) de febrero del año en curso. Artículo Segundo.- Los gastos de traslado serán asumidos por la Entidad Convocante; en el presente caso, la Corte Suprema de Justicia de la República de Costa Rica; en consecuencia, el Poder Judicial del Perú asignará el monto de US$ 42.00 (cuarenta y dos con 00/100 dólares americanos) como ASSISCARD y US$ 1,400.00 (mil cuatrocientos con 00/100 dólares americanos) como VIÁTICOS; haciendo un total de US$ 1,442.00 (mil cuatrocientos cuarenta y dos con 00/100 dólares americanos). Artículo Tercero.- Transcribir el contenido de la presente Resolución a la Gerencia General del Poder Judicial, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SAN MARTIN CASTRO Presidente del Poder Judicial 599792-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen procedimiento a seguir en casos de impedimentos, licencias y vacaciones en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima que conocen procesos por delitos cometidos por funcionarios públicos CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 154-2011-PCSJL/PJ Lima, primero de febrero del 2011 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 390-2010-CE-PJ; y, las Resoluciones Administrativas Nºs. 058, 121 y 142- 2011-P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, quien dirige la política interna de su Distrito Judicial, a fi n de garantizar un buen servicio de la Administración de Justicia en benefi cio de los justiciables que acuden en busca de tutela jurisdiccional. Que, siendo esto así, y a fi n de cautelar la óptima aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, resulta necesario establecer las medidas pertinentes para regular los procedimientos a seguir en casos de impedimentos, licencias y vacaciones, en los órganos jurisdiccionales que conocen los procesos por delitos cometidos por funcionarios públicos. Por lo expuesto, y con la facultad que confi eren los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que en los casos de impedimentos, licencias o vacaciones, de los miembros de uno o más Jueces Superiores de determinada Sala Penal Liquidadora, el Presidente del Colegiado Procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo, tal como se detalla a continuación: - La 1º Sala Penal Liquidadora Especial llamará al Juez Superior de la 2º; - La 2º Sala Penal Liquidadora Especial llamará al Juez Superior de la 3º; - La 3º Sala Penal Liquidadora Especial llamará al Juez Superior de la 4º; - La 4º Sala Penal Liquidadora Especial llamará al Juez Superior de la 1º y así sucesivamente. Artículo Segundo.- DISPONER que en el caso que el Juez Superior a que se refi ere el artículo primero no pudiera intervenir, habiéndose agotado el orden de prelación se procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de las Sala Penal de Apelaciones. Artículo Tercero.- PÓNGASE en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ministerio Público, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Magistrados comprendidos en la presente resolución y del área de Atención al Público. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 599582-1 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Amplían plazo de intervención de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann RESOLUCIÓN Nº 0085-2011-ANR Lima, 31 de enero de 2011 VISTOS: Las Resoluciones Nºs. 0068, 0676, 0681, 0708 y 0724- 2010-ANR; y el Informe Nº 020-2011-PCOG-UNJBG, recepcionado el 20 de enero de 2011 con registro 139500; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 0068-2010-ANR, de fecha 20 de enero de 2010, se declaró en confl icto de gobernabilidad a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann y dispuso la conformación de una Comisión de Orden y Gestión por el plazo de ciento ochenta días; Que, con Resolución Nº 0676-2010-ANR, de fecha 16 de julio de 2010, se resuelve ampliar el plazo de intervención de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, por ciento ochenta (180) días, acordado por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria y el Pleno de Rectores en sesión extraordinaria del 25 de junio de 2010; Que, por Resolución Nº 0681-2010-ANR, de fecha