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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (05/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de febrero de 2011 435761 Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que mediante Ordenanza Nº 166-MDCH se aprobó el derecho de Emisión Mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto y de vencimiento de pago del Impuesto Predial 2010, la misma que ratifi ca lo estipulado mediante Ordenanza Nº 150-MDCH, que ratifi ca la Ordenanza Nº 131-MDCH modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Acuerdo de Concejo de fecha 17 de Marzo del 2008. Que, mediante Informe Nº 57-2011-SGAT-GR-MDCH De la Sub Gerencia de Administración Tributaria, la proyección de de los costos de emisión mecanizada de las declaraciones juradas del impuesto predial para le ejercicio 2011, no tienen variación sustancial en la estructura de costos, comparada con la Ordenanza Nº 166-MDCH, que ratifi ca la Ordenanza Nº 150-MDCH. Que en uso de la autonomía económica y administrativa, se debe establecer que para la determinación de los costos de emisión de las Hojas de Liquidación de los Arbitrios de limpieza Pública, Parque y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal Tributario 2011, se consideren los mismos importes que se establecieron para el periodo 2010 en la Ordenanza Nº 166-MDCH. Que estando a lo expuesto al Informe Nº 117-2011- GAJ-MDCH mediante el cual, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa su conformidad con la presente Ordenanza y en uso de las facultades concedidas por el inciso 8). Del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó, con dispensa de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO Y DE VENCIMIENTO DE PAGO POR EL IMPUESTO PREDIAL 2011 Artículo Primero.- MARCO LEGAL Aprobar la emisión mecanizada de las Declaraciones Juradas del impuesto Predial del Ejercicio Tributario 2010 y dispóngase que para efectos de establecer los derechos de emisión mecanizadas de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2011, el marco legal aplicable será aprobado mediante la Ordenanza Nº 166-MDCH, que ratifi ca la Ordenanza Nº 150-MDCH, la cual a su vez ratifi ca la Ordenanza Nº 130-MDCH modifi cada por la Ordenanza Nº 134- MDCH, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el acuerdo de Concejo de fecha 17 de marzo del 2008. Artículo Segundo.- DETERMINACION DEL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE DECLARACIONES JURADAS Y DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO TRIBUTARIO 2011 Determínese para el Ejercicio 2011 los mismos importes establecidos en la Ordenanza Nº 166 que ratifi ca la Ordenanza Nº 150-MDCH, la cual a su vez ratifi ca la Ordenanza Nº 130-MDCH modifi cada por la Ordenanza Nº 134-MDCH, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el acuerdo de Concejo de fecha 17 de marzo del 2008 y publicada el 29 de Marzo del 2008, es decir el monto de S/. 13.00 (TRECE y 00/100 NUEVOS SOLES), por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de Declaración Jurada y determinación del Impuesto Predial y por cada predio adicional (PU) se abonará la suma de S/.4.00 (CUATRO y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Tercero.- DETERMINACION DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 2011. Establecer como fecha de vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2011: a) Al contado hasta el último día hábil de febrero del 2011. b) En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales cuyos vencimientos son los últimos días hábiles del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre del 2011. DISPOSICIONES TRANSITORIA Y FINALES Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las Disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- VALIDEZ Y VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al siguiente día de su publicación. Tercera.- ENCARGATURA Encargar a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 599354-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento para el Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Puente Piedra y conforman el Comité Electoral DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2011-MDPP Puente Piedra, 28 de enero del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA; VISTO: El Proyecto de Reglamento del Proceso de Elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, y el Informe Nº 010-2011-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú consagra en sus artículos 2º numeral 17 y 31º el derecho de toda persona a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la nación; siendo derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción; Que, de otro lado, el Artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales y