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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de febrero de 2011 435896 Autorizan viaje del Presidente del Consejo Directivo de OSITRAN a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2011-PCM Lima, 9 de febrero de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 034-11-GG-OSITRAN del Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, y el Acuerdo Nº 1336-375-11-CD-OSITRAN; CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN), es el organismo público descentralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; que tiene por objetivo general regular, normar, supervisar, fi scalizar y solucionar las controversias y reclamos de los usuarios, dentro del ámbito de su competencia, el comportamiento de los mercados en los que actúan las entidades prestadoras, así como el cumplimiento de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses del Estado, de los inversionistas y del usuario; Que, del 23 al 24 de marzo de 2011 se realizará en la ciudad de Bogotá, República de Colombia la Cumbre de la Infraestructura para la Región Andina y Centroamérica - Andean and Central American Infraestructure Summit, en el cual abordarán distintos aspectos de relevancia en el ámbito de los mercados de infraestructura tales como: fi nanciamiento de la infraestructura, concesiones en infraestructura, renegociación de contratos de concesión, política y regulación y los riesgos políticos en el sector, así como la regulación ambiental en los proyectos de infraestructura; Que, dicho evento concentra diversas exposiciones a cargo de autoridades políticas y privadas de la región latinoamericana así como salas de diálogo y mesas de análisis que buscan presentar proyectos de infraestructuras, además de atraer inversiones y exponer experiencias regulatorias y gubernamentales entre los diferentes países asistentes; Que, resulta de interés institucional la participación del Presidente del Consejo Directivo del OSITRAN en el mencionado evento pues coadyuvará al reconocimiento internacional de la labor de OSITRAN en relación a sus políticas regulatorias; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, el cual incluye la tarifa única por uso de aeropuerto, y viáticos que genere el viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto de OSITRAN; De conformidad con la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan Carlos Zevallos Ugarte, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 24 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, de acuerdo a los montos que a continuación se detallan: Pasajes aéreos US$ 1 714,94 Viáticos US$ 600,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días (15) calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación 601540-5 Aprueban la relación de obras y servicios a contratarse para ejecutar diversos proyectos de inversión en saneamiento, ubicados en la provincia de Pisco, departamento de Ica RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 003-2011-FORSUR/PE Lima, 13 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29078 y modifi catorias, se creó el “Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas afectadas por los Sismos del 15 de agosto del 2007”, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora, con la fi nalidad de lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que, por Decreto Supremo Nº 059-2009-PCM, se declaró en reestructuración al FORSUR, estableciendo que está a cargo de un Presidente Ejecutivo, quien ejerce la representación legal y administrativa del FORSUR; Que, conforme a los literales b) y d) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 059-2009-PCM, son funciones del FORSUR, aprobar los proyectos, programas y actividades que sean necesarios para el cumplimiento integral de sus fi nes, en materia de construcción, reconstrucción y rehabilitación de la infraestructura y de vivienda; así como de ejecutar proyectos, programas y actividades en su calidad de Unidad Ejecutora; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 097-2010-FORUR/PE de fecha 20 de diciembre de 2010, se dispone que FORSUR, es la Unidad Ejecutora de nueve (09) proyectos de saneamiento ubicados en la provincia de Pisco, departamento de Ica, detallados en el anexo que forma parte de integrante de la presente Resolución, los mismos que son fi nanciados con cargo a los recursos del “Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de Agosto de 2007”, creado por el Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026- 2007, señala que la relación de bienes, servicios y obras a contratarse, con fi nanciamiento de recursos del “Fondo para la Reconstrucción - Sismo 15 de Agosto de 2007”, se aprueba mediante Resolución del Titular de la entidad o máxima autoridad administrativa, debiendo publicarse dicha resolución, incluyendo la referida relación de proyectos, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y en los respectivos portales electrónicos de las entidades;