Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

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Predial y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del 2011. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente MORDAZA en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusion. Articulo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA

Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y demas normas complementarias. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolucion de Alcaldia. Articulo Tercero.- Disponer que todas las unidades organicas de la entidad remitan al funcionario designado en la presente Resolucion de Alcaldia, la informacion que deba ser publicada en el MORDAZA institucional, dentro de los plazos correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

606508-1

606250-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan funcionario responsable de la actualizacion del MORDAZA Institucional de la Municipalidad conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 076-2011-ALC/MLV
La MORDAZA, 11 de febrero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica ­ aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modificado por la Ley Nº 27927, establece en su articulo 5º in fine que, las entidades publicas deben identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 016-2011ALC/MLV de fecha 10 de enero de 2011 se designo como Gerente de Tecnologia de la Informacion al senor MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, la cual quedo sin efecto mediante Resolucion de Alcaldia Nº 065-2011-ALC/MLV de fecha 11 de febrero de 2011 en la cual se designo al citado funcionario como Subgerente de Tecnologia de la Informacion, debido a la reformulacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad, efectuada mediante Ordenanza Nº 124-2011/MLV; Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario modificar la designacion del funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de internet de la Municipalidad de La MORDAZA, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica ­ MORDAZA citada, asi como sus modificatorias y demas normas complementarias; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia, MORDAZA citado, la designacion del funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Estando a los fundamentos citados y a las normas legales glosadas, en uso de la atribuciones conferidas en los articulos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA, Subgerente de Tecnologia de la Informacion como responsable del MORDAZA Institucional de la Municipalidad de La MORDAZA, www.munilavictoria. gob.pe, a quien se le encarga el manejo y actualizacion permanente del mismo conforme a lo establecido en la

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Ratifican monto de dietas mensuales de Regidores Municipales
ACUERDO DE CONCEJO N° 010-2011-MSI
San MORDAZA, 9 de febrero de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Vistos, los Informes N° 0078 y 0037-2011-0400-GAJ/ MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que el MORDAZA Provincial o Distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El Acuerdo que la fije sera publicado bajo responsabilidad; Que, la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el articulo 39° de la Constitucion Politica en lo que se refiere a la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, publicada con fecha 26 de MORDAZA del ano 2004, regula las aplicaciones de topes maximos a los ingresos de algunos trabajadores del Estado, estableciendo con relacion a los Alcaldes y regidores las siguientes disposiciones: "Los Alcaldes Provinciales y Distritales percibiran un ingreso mensual que es fijado por el Concejo Municipal correspondiente en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro y un MORDAZA de la Unidad de Ingreso del sector Publico (UISP); Que, el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM dicto medidas sobre los ingresos por todo concepto de los senores Alcaldes, desarrollando la escala para la determinacion de los ingresos mensuales de los Alcaldes Provinciales y Distritales en funcion a la poblacion electoral; Que, por su parte el Articulo 5° del citado dispositivo legal establecio que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales por sesion efectiva en cada mes, en ningun caso pueden superar en total el 30% de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el MORDAZA correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 082-2010-PCM, se fijo el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Publico (UISP) para el ano 2011 en S/. 2,600 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), siendo que el monto que puede percibir el MORDAZA como remuneracion no puede ser superior a S/. 6,500 (SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y las dietas de los senores regidores tienen como monto MORDAZA S/. 1,950 (MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en ese sentido resulta necesario precisar el monto de las dietas mensuales de los senores regidores municipales que vienen percibiendo, para el presente ano;

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