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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de febrero de 2011 437647 Predial y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del 2011. Artículo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese publíquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 606508-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Designan funcionario responsable de la actualización del Portal Institucional de la Municipalidad conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 076-2011-ALC/MLV La Victoria, 11 de febrero de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modifi cado por la Ley Nº 27927, establece en su artículo 5º in fi ne que, las entidades públicas deben identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 016-2011- ALC/MLV de fecha 10 de enero de 2011 se designó como Gerente de Tecnología de la Información al señor Juan Carlos Nuñez Zambrano, la cual quedó sin efecto mediante Resolución de Alcaldía Nº 065-2011-ALC/MLV de fecha 11 de febrero de 2011 en la cual se designó al citado funcionario como Subgerente de Tecnología de la Información, debido a la reformulación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, efectuada mediante Ordenanza Nº 124-2011/MLV; Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario modifi car la designación del funcionario responsable de elaborar y actualizar el portal de internet de la Municipalidad de La Victoria, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – antes citada, así como sus modifi catorias y demás normas complementarias; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia, antes citado, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, la cual debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Estando a los fundamentos citados y a las normas legales glosadas, en uso de la atribuciones conferidas en los artículos 6º y 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Sr. Juan Carlos Nuñez Zambrano, Subgerente de Tecnología de la Información como responsable del Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria, www.munilavictoria. gob.pe, a quien se le encarga el manejo y actualización permanente del mismo conforme a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normas complementarias. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- Disponer que todas las unidades orgánicas de la entidad remitan al funcionario designado en la presente Resolución de Alcaldía, la información que deba ser publicada en el portal institucional, dentro de los plazos correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 606250-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ratifican monto de dietas mensuales de Regidores Municipales ACUERDO DE CONCEJO N° 010-2011-MSI San Isidro, 9 de febrero de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Vistos, los Informes N° 0078 y 0037-2011-0400-GAJ/ MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Alcalde Provincial o Distrital, según sea el caso, desempeña su cargo a tiempo completo y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El Acuerdo que la fi je será publicado bajo responsabilidad; Que, la Ley N° 28212, Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política en lo que se refi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, publicada con fecha 26 de abril del año 2004, regula las aplicaciones de topes máximos a los ingresos de algunos trabajadores del Estado, estableciendo con relación a los Alcaldes y regidores las siguientes disposiciones: “Los Alcaldes Provinciales y Distritales percibirán un ingreso mensual que es fi jado por el Concejo Municipal correspondiente en proporción a la población electoral de su circunscripción hasta un máximo de cuatro y un cuarto de la Unidad de Ingreso del sector Público (UISP); Que, el Decreto Supremo N° 025-2007-PCM dictó medidas sobre los ingresos por todo concepto de los señores Alcaldes, desarrollando la escala para la determinación de los ingresos mensuales de los Alcaldes Provinciales y Distritales en función a la población electoral; Que, por su parte el Artículo 5° del citado dispositivo legal estableció que las dietas que correspondan percibir a los regidores municipales por sesión efectiva en cada mes, en ningún caso pueden superar en total el 30% de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el Alcalde correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 082-2010-PCM, se fi jó el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) para el año 2011 en S/. 2,600 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), siendo que el monto que puede percibir el Alcalde como remuneración no puede ser superior a S/. 6,500 (SEIS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) y las dietas de los señores regidores tienen como monto máximo S/. 1,950 (MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en ese sentido resulta necesario precisar el monto de las dietas mensuales de los señores regidores municipales que vienen percibiendo, para el presente año;