Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
SANCION DE SANCION MULTA (%) COMPLEMENTARIA

437651

CODIGO

INFRACCION

No retirar los representantes de las organizaciones politicas, todo MORDAZA de propaganda electoral en el plazo de 82-COM 60 dias de concluidos los comicios electorales y/o no dejar el lugar utilizado en las mismas condiciones de ornato en las que se encontraba originalmente. Colocar propaganda electoral en areas cercanas a menos de 20 metros lineales 83-COM a centros escolares, entidades religiosas o educativas de otra indole, o centros historicos.

200

Remocion

100

Remocion

2010 segun Ordenanza Municipal Nº 018-2009-CDB; Que, segun el articulo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 014-2008-CDB, los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, son de periodicidad mensual siendo su vencimiento de pago hasta el ultimo dia habil de cada mes, por lo que, conforme a lo dispuesto por la citada MORDAZA, el ultimo dia habil para el pago de los arbitrios correspondientes al mes de enero y febrero del ejercicio fiscal 2011, es el 31 de enero y 28 de febrero del presente ano, respectivamente; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA unanime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; el Concejo ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRORROGA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO Articulo 1º.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del presente ano, la fecha del vencimiento del pago al contado y la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2011. Articulo 2º.- Prorroguese hasta el 31 de marzo del presente ano, la fecha de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de los meses de enero y febrero correspondientes al ejercicio fiscal 2011. Articulo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion Tributaria y Rentas y a la Unidad de Informatica. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA

606339-1

Prorrogan fechas de vencimiento del Pago del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2011-CDB
Bellavista, 10 de febrero del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Administracion Tributaria, conforme a la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, cuando este facultada para actuar discrecionalmente, optara por la decision administrativa que considere mas conveniente para el interes publico, dentro del MORDAZA que establece la Ley; Que, conforme el articulo 15º del Decreto Legislativo 776 "Ley de Tributacion Municipal" y su Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, se encuentra establecido el plazo para el pago del Impuesto Predial al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano y fraccionado en cuatro cuotas trimestrales. En este caso la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Es decir que el pago al contado y el primer trimestre del Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2011 vence el 28 de febrero del presente ano; Que, con fecha 05 de diciembre de 2010 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Municipal N° 014-2010-CDB mediante la cual se ha establecido mantener para el ejercicio 2011 la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 016-2008-CDB, que modifica y sustituye el texto de la Ordenanza Nº 014-2008-CDB, por el cual se establecio el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2009, vigente tambien para el ano

606339-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban Beneficio de amnistia para el pago de deudas tributarias
ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2011-MDCH
Chancay, 28 de enero del 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE CHANCAY; VISTO: En sesion de fecha 28 de enero del 2011, el Informe N° 024-2011-MDCH/OAT, por la que se solicita la aprobacion por parte del Concejo Municipal del proyecto de Ordenanza que establece el Beneficio de Amnistia para el Pago de Deudas Tributarias. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 74º de la referida Carta Constitucional, desarrollado por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario aprobado con Decreto Supremo 135-99EF, los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar, suprimir, sus contribuciones, arbitrios, derechos, y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, es politica de la actual gestion promocionar el pago de las obligaciones generadas por los tributos que la Municipalidad administra, brindando a los contribuyentes las mayores facilidades para su regularizacion;

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