Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 9º, Inciso 28) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero: Ratificar que el monto de las dietas mensuales de los senores regidores municipales por sesiones efectivas de cada mes para el ano 2011, es el equivalente al 30% del monto de los ingresos mensuales que por todo concepto perciba el senor MORDAZA de San MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM. Articulo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y Gerencia de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CANTELLA SALAVERRY MORDAZA

606312-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Prorrogan para el Ejercicio 2011 la vigencia de la Ordenanza Nº 0402008-MVMT, respecto al monto por derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos municipales y recibos de pago correspondientes
ORDENANZA Nº 129-2011/MVMT
MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 24 de febrero del 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTOS; en Sesion Extraordinaria de la fecha, el informe emitido por la Sub Gerencia de Administracion Tributaria de la Gerencia de Rentas y la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa que se ejerce a traves de las Ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Consejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de ordenanzas y acuerdos; Que, el articulo 74° de la Constitucion Politica del Peru, otorga potestad tributaria a los Gobiernos locales, la misma que, es reconocida de conformidad a lo establecido en la MORDAZA III y IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, asi como en el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el ultimo parrafo del articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado

mediante el D.S. Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de predios, por las Municipalidades, sustituye la obligacion contemplada por el inciso a) del presente articulo y, se entendera como valida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto; Que, la Cuarta Disposicion Final de la MORDAZA MORDAZA mencionada, establece que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, la Sub Gerencia de Administracion Tributaria mediante el Informe Nº 158-2011-SGAT-GR/MVMT, ha senalado que, de la informacion adquirida en la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial, se desprende que no existe variacion sustancial en los costos de los servicios e insumos requeridos para la emision mecanizada con respecto a los periodos 2009 y 2010, por lo que sugiere ampliar lo ya aprobado para el ejercio anterior para el presente ano 2011; Estando a lo dispuesto en el Articulo 9° numerales 8) y 9) y el Articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades - 27972, con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta por UNANIMIDAD se aprobo la siguiente

ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2011 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 040-2008-MVMT, RESPECTO AL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE TRIBUTOS MUNICIPALES Y RECIBOS DE PAGO CORRESPONDIENTES
Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 040-2008- MVMT, a efectos de que se establezcan para el ejercicio 2011, el mismo monto de derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica, en lo que corresponda a cada una de sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

607108-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Establecen Normas que regulan la Propaganda Electoral en el distrito de Bellavista
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2011-CDB
Bellavista, 22 de enero de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, y;

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