Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
2.- MULTAS TRIBUTARIAS:

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente:

Siempre que el contribuyente efectue el pago del Impuesto Predial se aplicara el descuento del 100% de las multas tributarias por: a) Infracciones previstas en el Articulo 176° del Codigo Tributarios Articulo Tercero.- RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA El pago de las deudas tributarias con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de los recursos pendientes de atencion, de reconsideracion, reclamacion y/o apelacion. Articulo Cuarto.- FACULTADES Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- PLAZO DE VIGENCIA La presente Ordenanza rige desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano con una vigencia de noventa dias. Articulo Sexto.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Secretaria General y Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento, publicacion y difusion de la presente ordenanza Municipal en lo que les corresponda. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA DE AMNISTIA TRIBUTARIA
Articulo Primero.- DENOMINACION Y ALCANCE La presente Ordenanza establece en la jurisdiccion del Distrito de Chancay, un Regimen de Beneficios Tributarios a favor de las personas naturales y juridicas, que registren deuda vencida al 31 de Diciembre del 2010 por obligaciones tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria, con el objetivo de establecer un regimen de beneficios que incentive el pago de los tributos pendientes de pago. Articulo Segundo.- REGIMEN DE BENEFICIOS El regimen de beneficios sera aplicado de la siguiente forma: 1.- DEUDAS TRIBUTARIAS: a) Condonese en 100% los intereses moratorios y reajustes correspondientes al Impuesto Predial, Impuesto a la Alcabala y Arbitrios Municipales. b) Condonese el 100% de los intereses moratorios de las diferencias de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, producto de la MORDAZA de Fiscalizacion, contenidas en las cartas de liquidacion y/o resoluciones de Determinacion. c) Condonese el 100 % de las moras e intereses de fraccionamiento de las cuotas de los convenios de fraccionamiento vencidos, cualesquiera sea el estado en que se encuentren, en etapa de cobranza ordinaria.

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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