Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Tributaria, por tener como base legal al articulo VII del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 13599-EF, el mismo que de conformidad a lo dispuesto por la Unica Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 977, ha sido derogada; Que, contando con opinion favorable de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica a traves del Informe Nº 118-2011-MDSL-GPPI, asi como con el de la Gerencia de Promocion Economico y Social mediante el Informe N° 025-2011-MDSL-GPES, y de la Sub Gerencia de Desarrollo Empresarial y Licencias a traves del Informe N° 1028-11-MDSL-GPES-SGDEL; Con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoria Legal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informatica y Gerencia de Promocion Economico y Social y de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. DECRETA: Articulo Primero.- ELIMINAR del Procedimiento N° 41 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, aprobado por la Ordenanza N° 103-MDSL denominado "Autorizacion de Licencia de Funcionamiento" para Establecimientos de mas de 100 hasta 500 m2 de area (ex ante), los siguientes requisitos: 1.- Cartilla de seguridad o Plan de Seguridad de Defensa Civil. 2.- MORDAZA simple de la Licencia de Funcionamiento. Articulo Segundo.- ELIMINAR del Procedimiento Nº 30 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la entidad, aprobado por la Ordenanza N° 103MDSL denominado "Comunicacion de continuacion del beneficio de deduccion de impuesto predial" la base legal siguiente: · Articulo VII del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Articulo Tercero.- ACTUALIZAR a merito de lo senalado en los dos articulos precedentes, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Entidad aprobado por la Ordenanza Nº 103-MDSL. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en la pagina web de la Municipalidad de San MORDAZA (www.munisanluis.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), conforme a lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 004-2008-PCM. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 661465-1

VISTOS, en la sesion ordinaria de concejo celebrada en la fecha, el memorando Nº 539-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 287-2011GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos, el memorando Nº 440-2011-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el informe Nº103-2011-SGDC/MDSM, y; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo parte de la misma, planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el articulo 79º de la ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, consigna entre otras funciones de las municipalidades provinciales y distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, una de seguridad del sistema de defensa civil; Que, a traves del literal a) del numeral 1.4 del articulo 1º de la ley Nº 29465, se crea el Programa de Modernizacion Municipal, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local, asignando recursos a las municipalidades conforme a criterios de clasificacion de las mismas, segun sus caracteristicas de potencialidades y necesidades y siempre y cuando cumplan con los requisitos y metas relacionados a resultados de recaudacion de impuestos municipales, generacion de condiciones favorables del clima de negocios y calidad y focalizacion del gasto social; Que, una de las metas trazadas para los municipios durante el ano 2011, preve identificar zonas de vulnerabilidad y riesgo en la comunidad, empleando como medio de verificacion la incorporacion de la gestion de riesgo de desastre en la planificacion y gestion del territorio, para lo cual se precisa declarar de interes publico aquella, de modo que los escenarios de riesgo y probabilidad de peligro urgentes de prevenir y mitigar resulten determinables; Que, la prevencion y mitigacion del riesgo de desastre, repercutira no solo en el desarrollo de las actividades economicas de los gobiernos locales, sino tambien fortalecera los procesos de planificacion del territorio y propiciara el uso responsable del mismo, traducido en la reduccion de los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento; Que, los acuerdos de concejo son decisiones que toma el concejo municipal referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; En uso de las atribuciones conferidas al concejo por el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD SE ACORDO:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran de interes publico la incorporacion de la gestion de riesgo de desastres en la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 043-2011-MDSM San MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2011

Articulo 1º.- DECLARAR DE INTERES PUBLICO la incorporacion de la gestion de riesgo de desastres en la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en la planificacion y gestion del territorio asi como en el desarrollo local, implementando las actividades que MORDAZA necesarias para tal fin. Articulo 2º.- AUTORIZAR al MORDAZA para que mediante resolucion conforme el Comite Tecnico de Gestion de Riesgo de Desastres que se encargara de implementar los procedimientos tecnicos para reducir los niveles de vulnerabilidad en materia de vivienda, urbanismo y saneamiento, mediante la prevencion y mitigacion de riesgo de desastre, y verificara su aplicacion

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