Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2011 (08/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2011

Establecen procedimiento para el uso del Formato de "Registro de Ingreso" de visitas a la Municipalidad de Bellavista y del "Libro de Reclamaciones"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2011-MDB-AL Bellavista, 7 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 008-2011-MDB/GM de fecha 02 de junio de 2011 emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades dispone que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante la dacion de Decretos de Alcaldia, los mismos que de conformidad con el articulo 42º de la MORDAZA en comentario, establecen normas reglamentarias y de aplicacion los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, de conformidad con el D.S. Nº 042-2011PCM la Municipalidad Distrital de Bellavista emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 564-2011-MDB/ALC, por la cual designo al Gerente Municipal como funcionario responsable del "Libro de Reclamaciones" instrumento que tiene como finalidad establecer mecanismos para la recepcion de denuncias y otros mecanismos de participacion de la ciudadania, en los tramites e informacion que solicitan estos en las entidades del Estado, en temas vinculados a sus peticiones o reclamos que estimen necesarios para obtener el pronunciamiento, en un tiempo adecuado; Que, del mismo modo la Municipalidad con el objeto de llevar a cabo las reformas, los retos de corto, mediano y largo plazo en materia de Modernizacion del Estado y Simplificacion Administrativa que viene implementado la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha dispuesto la elaboracion del Formato "Registro de Ingreso" de Visitas a la Municipalidad de Bellavista, toda vez que la simplificacion administrativa es un elemento clave para propiciar un buen ambiente de trabajo, de ese modo, asegurar el normal desenvolvimiento de las areas y que los tramites e informacion que soliciten los administrados no obstaculicen la labor de los trabajadores, ni que estos por un desorden administrativo perjudiquen a los ciudadanos con barreras burocraticas; Que, la Gerencia Municipal mediante informe de vistos siguiere que mediante Decreto de Alcaldia se establezca el procedimiento para el uso del Formato de "Registro de Ingreso" de visitas a la Municipalidad de Bellavista y del "Libro de Reclamaciones", recomendando que ambos instrumentos deben estar a cargo para su custodia y uso, por la encargada del Modulo de "Orientacion al Vecino" ubicado en el primer piso del Palacio Municipal; Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º, MORDAZA parrafo del articulo 39º y articulo 42º de la Ley 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

Articulo Primero.- Establezcase el procedimiento para el uso del Formato de "Registro de Ingreso" de visitas a la Municipalidad de Bellavista y del "Libro de Reclamaciones", de la siguiente forma: 1. Toda persona que visite las instalaciones de la Municipalidad por un tramite o procedimiento administrativo o requiera informacion de cualquiera de la Unidades Organicas, debera previamente recabar del Modulo de "Orientacion al Vecino" el Formato "Registro de Ingreso" requisito obligatorio, para ser atendido en la oficina que visite. La encargada del Modulo de "Orientacion al Vecino" previa a la entrega del formato coordinara con la Unidad Organica a visitar, la autorizacion para la entrega del formato, en los casos que el administrado desconozca en que Unidad Organica se encuentra su tramite, la encargada informara al visitante recabar de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo la ubicacion de su procedimiento, con la informacion exacta y la autorizacion solicitara el documento de identificacion y procedera a registrar al visitante entregandole el formato e indicandole la ubicacion de la Unidad Organica y el nombre de la persona que lo recibira. 2. Los servidores responsables de la atencion de los visitantes en cada una de las Unidades Organicas solicitara al administrado el formato, en caso no cuente con este, informara que debe dirigirse al Modulo de "Orientacion al Vecino" para su obtencion. Subsanado el hecho procedera a la atencion respectiva, sellando y suscribiendo el formato una vez culminada la atencion. 3. A la salida del visitante, la encargada del Modulo de "Orientacion al Vecino" requerira el formato MORDAZA y suscrito por el responsable de la Unidad Organica visitada y procedera a la devolucion del Documento Nacional de Identidad al visitante. 4. En los casos, en que el administrado considere que no recibio o recibio una atencion deficiente que merece ser denunciado, reclamado o quejar al servidor o funcionario, podra ejercer sus derechos establecidos en el articulo 55º de la Ley 27444 -Ley de Procedimiento Administrativo General-, en cuyo caso podra hacer uso del "Libro de Reclamaciones". 5. En este estado, la encargada del Modulo de "Orientacion al Vecino" anotara en el "Libro de Reclamaciones" la fecha y hora, el nombre y apellidos o razon social de la persona juridica, domicilio, telefono, e-mail, descripcion y detalle del reclamo y firma del usuario. 6. En el dia de efectuado el reclamo, la encargada del Modulo de "Orientacion al Vecino" procedera a informar a la Gerencia Municipal, adjuntando MORDAZA de la hoja en donde obre el reclamo, a fin que esta disponga las acciones administrativas para la atencion del caso por la parte reclamada, quien tendra un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles para dar respuesta e informar al administrado de las medidas adoptadas para evitar el acontecimiento de hechos similares a futuro. 7. El cargo del documento con que se dio respuesta sera remitido a la Gerencia Municipal dentro de los dos (02) dias habiles siguientes, a fin que la Gerencia Municipal cuente con dicha informacion para cuando la Contraloria General de la Republica a traves del Organo de Control Institucional de la entidad lo requiera de oficio o por el seguimiento de la denuncia por parte del administrado. Articulo Segundo.- Encargarse el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal y a todas las Unidades Organicas de la Municipalidad de Bellavista, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA MORDAZA 662329-2

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