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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2011 (14/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 101

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de julio de 2011 446525 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03 La Punta, 1 de julio de 2011 VISTO: El Informe Nº 048-2011-MDLP/OPP, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de La Punta, que remite el Proyecto de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194° de la Constitución Política modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680 y posteriormente modifi cado por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. En concordancia con éste se pronuncia el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, es decir a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio, por lo que sus competencias y funciones específi cas deben serlo en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su Art. 38, num. 38.5 estipula que “Una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar por Resolución Ministerial del Titular del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de La Punta, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MDLP/ALC, ratifi cada con Acuerdo de Concejo N° 0063-2008 de la Municipalidad Provincial del Callao, modifi cado con Ordenanza Nº 004- 2008-MDLP/ALC, ratifi cada por la Municipalidad Provincial del Callao, con Acuerdo de Concejo Nº 244- 2008-MPC y, posteriormente modifi cado con Decreto de Alcaldía Nº 005-2008-MDLP/ALC y Decreto de Alcaldía Nº 002-2010-MDLP/ALC; en la parte correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Local, la denominación del procedimiento Nº 24 dice: “Autorización Municipal para ejecución de obras en áreas de dominio público, a) Instalación de Conexiones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, Transmisión y Distribución de Electricidad, así como Alumbrado Público, Gas Natural y/o Telecomunicaciones”. Asimismo, en los procedimientos Nº 2; 3; 7; 8; 9; 10; 11; 12; 13; 15; 17; 19; 21; se establecen, entre otros, los siguientes requisitos: copia literal de dominio, certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios y la boleta de habilitación del profesional que interviene en el trámite; Que, la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Nº 29090 y modifi catorias, establece la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación con la fi nalidad de facilitar y promover la inversión inmobiliaria por lo que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos debe ser adecuado a la misma; Que, la Ley de Silencio Administrativo, Nº 29060 estipula en su artículo 9º que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36º de la Ley Nº 27444, solamente podrá exigirse a los administrados el cumplimiento de los procedimientos o requisitos administrativos que se encuentren previamente establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, no pudiendo requerirse procedimiento, trámite, requisito u otra información, documentación o pago que no consten en dicho Texto; Que, mientras que la Ley de Facilitación de Conexiones Domiciliarias del Servicio público de Distribución de Gas Natural, Nº 29706 en su Artículo 4º, dispone la adecuación de los textos únicos de procedimientos administrativos eliminando la tramitación y el pago para realizar conexiones domiciliarias de gas natural y su correspondiente interferencia de vías, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles desde la publicación de dicha Ley, lapso que vence el 04 de julio del 2011; Que, la, Ley que Modifi ca Diversas Disposiciones con el Objeto de Mejorar el Clima de Inversión y Facilitar el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias, Nº 29566; en su artículo Nº 5, establece que en la tramitación de licencias de edifi cación no será exigible la presentación de: a) Copia literal de dominio, b) Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, c) Boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite y d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del gobierno local; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 690-2006- JEF/RENIEC publicada el 13 de julio de 2006, se resolvió revocar las facultades registrales que fueron conferidas a las Ofi cinas del Registro de Estado Civil de 20 Municipalidades de Lima y Callao, disponiendo que los nacimientos, matrimonios y defunciones se inscriban en cualquiera de las Ofi cinas Regístrales del RENIEC, y en razón de ello, la Municipalidad Distrital de La Punta, cumplió con la incorporación del Acervo Documentario correspondiente a los Registros de Estado Civil, el 02 de octubre de 2008, mediante Acta de Transferencia Nº 002-2008 de la Comisión de Transferencia de los Registros Civiles y como consta en el Acta de Cierre de Transferencia de 5 de diciembre de 2008; Que, en el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de La Punta, existen en la parte correspondiente a la Ofi cina de Secretaría General y Archivo, los procedimientos siguientes: “Venta del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad, Registros Civiles; Rectifi cación Judicial de Partidas, Anotaciones Marginales por mandato judicial o notarial, Reconocimiento de paternidad para nacidos, Expedición de Partidas, todos hechos acontecidos con anterioridad al 17 de julio del 2006, Certifi cado de soltería o viudez y Certifi cación de partidas por el Alcalde”; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia Municipal, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Desarrollo Local y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, del acápite correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Local, según se precisa a continuación: a) En la parte correspondiente al Procedimiento Nº 24 ““Autorización Municipal para ejecución de obras en áreas