Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2011 (14/07/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 94

446518

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2011

Via de Regularizacion, de acuerdo con lo previsto por la Setima Disposicion Final de la acotada Ley, cuyo Reglamento fuera publicada con fecha 27 de setiembre del 2008; Que, conforme lo establece el Articulo 2º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, los procedimientos administrativos regulados en la presente Ley, son unicos y de aplicacion obligatoria a nivel nacional; ademas, determinan las responsabilidades a recaer en los sujetos implicados en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; Que, la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29090 precisa que la presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica); Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 024, 025 y 026-2008-VIVIENDA, publicados con fecha 27 de setiembre del 2008, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Reglamento de los Revisores Urbanos, y Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica, respectivamente; Que, estando a lo establecido en el Numeral 9 del Articulo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, las municipalidades distritales en el ambito de su jurisdiccion, tienen competencia para la aprobacion de proyectos de habilitacion MORDAZA y de edificacion, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 024-2008VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, indica que mediante Resolucion de la Municipalidad Distrital o Provincial, segun corresponda, podran aprobarse en via de regularizacion las habilitaciones urbanas ejecutadas; asimismo, el Articulo 23º de la Ley Nº 29090 establece que la resolucion de aprobacion de las habilitaciones urbanas ejecutadas, expedida por la municipalidad distrital, debera contener la resolucion que apruebe el proyecto de habilitacion MORDAZA en via de regularizacion; Que, de acuerdo al Certificado de Zonificacion y Vias Nº 357-2009-MML-GDU-SPHU, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con fecha 07 de MORDAZA del 2009, el terreno ubicado en el Lote 03 de la Manzana LL de la Urb. Lotizacion Campoy - Primera Etapa, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, se encuentra calificado como Residencial de Densidad Media ­ RDM y Comercio Zonal ­ CZ, conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML; asimismo, en el aspecto vial y segun el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, se califica a la Av. Campoy como Via Colectora, Seccion C-73 y con un ancho de via de 30.00 ml, seccion de via que fisicamente se encuentra respetando, y ademas, se ha verificado la consolidacion de viviendas en un 95 % de los lotes conformantes de la Habilitacion Urbana; Que, en el aspecto vial, segun el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, , modificada por la Ordenanza Nº 1101-MML del 23 de diciembre del 2007, el terreno se encuentra afecto a la Av. Campoy, con un ancho de via de 30.00 ml.;. Que, segun el Certificado de Alineamiento Nº 1112009-MML-GDU-SPHU de fecha 9 de junio del 2009, expedido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, precisa que el terreno ubicado en la Av. Campoy (ahora Av. Malecon Checa) Mz. LL Lote Nº 3 de la Urb. Lotizacion Campoy - Primera Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, tiene la condicion de Infecto en la Av. Campoy, las cuales deberan de mantener el alineamiento existente. Que, el Articulo 10º de la Ordenanza 836-MML publicada con fecha 22 de setiembre del 2005 establece los aportes reglamentarios para habilitaciones urbanas en la Provincia de MORDAZA, senalando que: "Los Aportes a que se encuentran obligados los titulares o responsables de las Habilitaciones Urbanas con fines Residenciales podran efectuar la redencion en dinero, hasta MORDAZA de

la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a la valorizacion arancelaria, unicamente cuando el area resultante del Aporte sea menor al lote normativo, o en el caso de Habilitacion MORDAZA de Lote Unico para ejecutar simultaneamente un Conjunto Residencial"; Que, mediante Resolucion Sub Gerencial Nº 0172011-MDSJL-GDU/SGHU, de fecha 08 de marzo del 2011, se aprueba la valorizacion del area de 792.957 m2, correspondiente al deficit de aporte reglamentario de Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobacion de Proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Via de Regularizacion del terreno de 10,176.10 m2, ubicado en el Lote Nº 03 de la Manzana LL de la Urb. Lotizacion Campoy - Primera Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorizacion fue cancelada a la Tesoreria de la Municipalidad Distrital con Recibo de Pago Nº 2858743 de fecha 07 de MORDAZA del 2011; Que, mediante el Recibo de Pago Nº 2314577 de fecha 02 de marzo del 2010, abonado en la Tesoreria de esta Corporacion Municipal se acredita la cancelacion de la Liquidacion Nº 012-2009-SGHU-GDU/MDSJL, de los derechos respectivos, de conformidad con el Articulo 40º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; Que, el administrado ha cumplido con acompanar los documentos establecidos en el MORDAZA vigente para el presente procedimiento del terreno de 10,176.10 m2, ubicado en el Lote Nº 03 de la Manzana LL de la Urb. Lotizacion Campoy - Primera Etapa, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, obra MORDAZA de la Ficha Nº 335724 y que continua en la Partida Electronica Nº 49084111 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, la misma que en su asiento de titulo de dominio senala como propietarios del terreno ubicado en el Lote Nº 03 de la Manzana LL de la Urb. Lotizacion Campoy - Primera Etapa, con un area de 10,176.10 m2, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, acreditandose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los Articulos 51º y 52º senalan que, para la procedencia de una pretension administrativa, es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administracion, asi como el interes legitimo de este para obrar, siendo que este debe ser actual y cierto; y si esto es asi, estando al Articulo 75º de la Ley acotada, corresponde a la Administracion verificar si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad, y en aplicacion del MORDAZA de Presuncion de Veracidad, plasmado en el Articulo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administracion para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar conviccion a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 0722011-CAEC-SGHU-GDU/MDSJL de fecha 08 de junio del 2011, del la Asesoria Legal de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su modificatoria Ley Nº 29476, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion y su modificatoria D.S. Nº 0032010-Vivienda, Reglamento Nacional de Edificaciones, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADECUAR a la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, de acuerdo a la solicitud presentada por la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Otros, mediante anexo Nº 01 del Expediente Nº 16639-R1-2009 de fecha 08 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.