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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2011 (16/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de julio de 2011 446606 2006”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2006- PCM, y en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007- PCM, correspondientes al Ciclo 2007 de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales; Que, desde el año 2006, la transferencia de estas funciones a los Gobiernos Regionales estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, hasta que por efecto de la Ley Nº 29271, publicada el 22/10/2008, las funciones en materia de micro y pequeña empresa, que estaban a cargo de dicho ministerio, fueron transferidas al Ministerio de la Producción, el cual asumió la responsabilidad de transferir las funciones en dicha materia, al Gobierno Regional del Callao, que estaban pendientes al momento de entrar en vigencia la mencionada ley; Que, mediante la Directiva Nº 001-2007-PCM/ SD, aprobada por la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 003-2007-PCM-SD, es la que norma y regula la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007. Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 393-2011-PCM/SD, la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Secretaria de Descentralización aprobó los Requisitos Específi cos, Indicadores y procedimientos de verifi cación del proceso de transferencia de funciones en materia de MYPE al Gobierno Regional del Callao. Que, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM, que ha dado un plazo fi nal de 45 días para culminar con las transferencias pendientes, el Ministerio de la Producción ha iniciado el proceso para la culminación de la transferencia de las funciones pendientes al Gobierno Regional del Callao; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273, 29158 y 29271; los Decretos Supremos Nº 021-2006-PCM, Nº 027-2007-PCM, Nº 036-2007-PCM, Nº 063-2007-PCM y Nº 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y Nº 393-2011-PCM/SD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de MYPE. Certifi car que el Gobierno Regional del Callao ha sido declarado APTO para la transferencia de las funciones sectoriales, en la materia de MYPE, del Artículo 48º, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, según el Informe de Concordancia Nº 012-2011-PCM/SD- OTME, de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD; y, en tal razón, se le ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notifi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de la Producción; así como al Gobierno Regional del Callao, el cual ha acreditado la transferencia de funciones en la materia de MYPE, para que procedan con el procedimiento hasta la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, prevista en la etapa de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003- 2007-PCM/SD. Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución y su Anexo, deberán ser publicados en el Diario Ofi cial El Peruano; y, el Informe de Concordancia Nº 012-2011-PCM/SD-OTME, referido en la presente resolución, deberán ser publicados en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO ACREDITADO PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES, EN MATERIA DE MYPE, COMPRENDIDA EN EL ARTÍCULO 48º DE LA LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES. FUNCIONES SECTORIALES EN MATERIA DE MYPE a), b), c), d), g), j), n), o), p), q), y r) 666368-1 AGRICULTURA Concluyen designación de Directora General de la Oficina General de Planificación del INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00241-2011-INIA Lima, 15 de julio de 2011 VISTA: La Resolución Jefatural N° 0041-2011-INIA, de fecha 03 de febrero del 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por la Resolución del visto, se designó a la Econ. María Felicita Quintana Anglas, como Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; Que, el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planifi cación del INIA, se encuentra considerado como cargo de confi anza a que se refi ere los artículo 43° y 44° del Decreto Supremo N° 003-97-TR – Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal de este Instituto Nacional, por mandato del Decreto Legislativo N° 1060, que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria; Que, la Jefatura del INIA considera conveniente concluir la designación de la Econ. María Felicita Quintana Anglas del cargo Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución; Que, estando a la referida conclusión, resulta conveniente designar al funcionario que asumirá el cargo Director General de la Ofi cina General de Planifi cación del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA; De conformidad con las facultades conferidas por el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2005- AG, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 027-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Concluir, a partir de la fecha, la designación de la Econ. MARIA FELICITA QUINTANA ANGLAS en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Planifi cación del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2°.- Disponer el retorno de la Econ. MARIA FELICITA QUINTANA ANGLAS, a brindar trabajo profesional en la Ofi cina de Cooperación Técnica Financiera de la Ofi cina General de Planifi cación, a que se refi ere la Resolución Jefatural N° 00165-2010-INIA; con reserva de su Cargo, Nivel y Plaza de Origen, esto es Especialista en Presupuesto, Nivel P-4, Plaza N° 029. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 0041-2011-INIA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FIDELINA DIAZ AQUINO Jefa Instituto Nacional de Innovación Agraria 666378-1