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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2011 (16/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de julio de 2011 446612 Que, dicho funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el citado funcionario y encargar las funciones de Viceministro de Hacienda, al señor Fernando Jesús Toledo Arburúa, Viceministro de Economía, en adición a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica de Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Miguel Castilla Rubio, al cargo de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- Encargar al señor Fernando Jesús Toledo Arburúa, Viceministro de Economía las funciones de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas, en adición a sus funciones, mientras se designe al titular del cargo. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 666637-6 Fijan plazos para la remisión de informes a que se refiere el Artículo 17º de la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2011-EF/50.01 Lima, 13 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13º numeral 13.2 literales a) y c) de la Ley Nº 28112, en concordancia con los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas normas complementarias pertinentes; Que, de acuerdo a lo establecido por la Trigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29465, y mediante la Resolución Directoral Nº 006-2010- EF/76.01, se aprueba la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01, en el marco de la implementación del Presupuesto por Resultados; Que, en la ejecución y seguimiento de los Convenios de Apoyo Presupuestario en el marco del Presupuesto por Resultados, se ha visto la necesidad de modifi car criterios y plazos para la evaluación del cumplimiento de los Compromisos de Gestión y metas de los Indicadores de Resultado y/o Producto; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Fijar en 45 días de iniciado el año fi scal, el nuevo plazo para la remisión de los Informes a la Dirección General de Presupuesto Público, respecto al Cumplimiento de los Compromisos de Gestión, a que hace referencia el numeral 17.5 del artículo 17º de la Directiva Nº 002-2010- EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 006- 2010-EF/76.01. Artículo 2º.- Fijar en 45 días calendarios el nuevo plazo para elaborar los Informes de Verifi cación de Cumplimiento del Convenio, a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público, a que hace referencia el numeral 17.6 del artículo 17º de la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01, aprobada por la Resolución Directoral Nº 006-2010-EF/76.01. Artículo 3º.- Disponer que los criterios de la Defi nición Operacional para los Niveles uno (1) en adelante, a que hace referencia el numeral 3.03 del Anexo III de la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01, se establecen en el tercer trimestre del año anterior a su evaluación. Artículo 4º.- Disponer que la presentación del informe de cumplimiento de los compromisos en el Nivel 0, a que hace referencia el numeral 1.02, Anexo II de la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01, se realiza dentro de los 15 días calendarios de suscrito el Convenio. Artículo 5º.- Disponer que los Convenios que se suscriban en el marco de la Directiva Nº 002-2010-EF/76.01 y con la presente norma, utilizan como fuente de datos las Encuestas Públicas o las bases de datos de los sistemas de información de las Entidades Públicas, manteniendo la rigurosidad estadística en la estimación de los indicadores priorizados. Artículo 6º.- Disponer que los Convenios suscritos a la fecha de publicación de la presente norma, se podrán adecuar a las medidas establecidas en la presente Resolución Directoral, a través de la suscripción de las respectivas addendas. Artículo 7º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General (e) Dirección General del Presupuesto Público 665513-1 Disponen que Directiva aprobada por la R.D. Nº 036-2009-EF/76.01 es aplicable para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2011-EF/50.01 Lima, 15 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, disponen que la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, y cuenta con las atribuciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como de emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, es necesario dictar las pautas metodológicas para la elaboración de la Evaluación Presupuestaria Institucional de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, conforme a lo establecido en los artículos 47º y 49º numeral 3 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411; Que, de otro lado, mediante la Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 se aprobó la Directiva N° 005-2010- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, que contiene disposiciones aplicables a cada nivel de Gobierno para efecto de la ejecución presupuestaria correspondiente al año fi scal 2011, y en cuyo Anexo, elaborado en cumplimiento de lo establecido por la Novena Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, se disponen lineamientos para las transferencias de recursos por parte de los pliegos;