Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2011 (18/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

446714
MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA

NORMAS LEGALES
PROVINCIAS

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2011

Ordenanza Nº 214.- Modifican Estructura Organica, Reglamento de Organizacion y Funciones y aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad 446729 MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA Ordenanza Nº 260.Reglamentan la ubicacion e instalacion de anuncios y publicidad exterior en el distrito 446730

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Acuerdo Nº 006-2011-MDB-AL.embanderamiento general del distrito MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 009.- Aprueban modificacion parcial de la Estructura Organica del Reglamento de Organizacion y Funciones y del Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad 446739 Disponen el 446739

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de canola de origen y procedencia MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 23-2011-AG-SENASA-DSV La MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2011 VISTO: El ARP Nº 01-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 08 de enero de 2009, el cual, al identificar y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al MORDAZA, propone el establecimiento de requisitos fitosanitarios para la importacion de semillas de canola (Brassica napus) de origen y procedencia Chile; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al MORDAZA como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades; asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 0322003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 092010-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario aumenta en forma ascendente;

Que, ante el interes de la empresa SEMILLAS SEMINIS PERU S.A. de importar al MORDAZA semillas de canola (Brassica napus) procedente de Chile; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Direccion de Sanidad Vegetal del SENASA, inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV, y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de semillas de canola (Brassica napus) de origen y procedencia MORDAZA de la siguiente manera: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaracion adicional: 2.1.1 Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria y encontrado libre de: Pseudomonas syringae pv. syringae, Pseudomonas cichorii y Leptosphaeria maculans. 2.1.2. Producto libre de: Alternaria brassicicola, Mycosphaerella brassicicola, Mycosphaerella capsellae, Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Amaranthus retroflexus, Arctotheca calendula, Carduus pycnocephalus, Echium plantagineun, Fumaria officinalis, MORDAZA trionum, Hirschfeldia incana, Lolium rigidum, Orobanche spp, Polygonum hydropiper, Polygonum lapathifolium y Sisymbrium orientale 2.2 Tratamiento de desinfeccion pre embarque con: 2.2.1 Captan (i.a) 2.4 gr/kg de semilla o Benomyl (i.a) 1.5 gr/kg de semilla u 2.2.2 otro producto de accion equivalente 3. Los envases que las contenga deberan ser nuevos y de primer uso (excepto para los productos a granel) 4. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais.

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