Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2011 (18/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 18 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

446727

POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo 2° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia y en su articulo 2º inciso 2 establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley consecuentemente nadie puede ser discriminado por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion condicion economica o de cualquiera otra indole; - Que, La Declaracion Universal de los Derechos Humanos, en el articulo 2º, establece que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta declaracion sin distincion de raza, color, sexo, religion, opinion politica, o de cualquier otra indole, origen nacional o social, posicion economica, nacimiento o cualquier condicion (...); - Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en el articulo 8° precisa; la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. En su articulo 35º inciso "m" establece como competencias exclusivas de los gobiernos regionales, dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes; - Que, la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 15º determina las Atribuciones del Consejo Regional; en su inciso a) prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Ademas el articulo 37º literal a establece que los Gobiernos Regionales a traves de su Consejo Regional dictan las normas y disposiciones como Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y en su articulo 45º literal a) prescribe como funcion general de los Gobiernos Regionales, la Funcion normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; - Que, mediante Dictamen Nº 020-2011-GR.CAJCR/COAJ, evacuado por la Comision Ordinaria de Asuntos Juridicos de fecha 01 de MORDAZA del ano 2011, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto Ordenanza Regional "contra la discriminacion en la Region Cajamarca", proyecto remitido por el Consejero Regional por la provincia de MORDAZA, Prof. Elzer MORDAZA MORDAZA, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 04 de MORDAZA del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por mayoria el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL

residencia, edad, idioma, indumentaria o de cualquier otra indole. Tercero.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 666072-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Desafectan bienes de uso publico ubicados en los distritos de MORDAZA MORDAZA del Triunfo y Ancon
ORDENANZA N°1540 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de MORDAZA del 2011 el Dictamen N°71-2011-MML-CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura y N° 40-2011-MML-CMAL de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PUBLICO EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO Articulo Unico.- Desafectar el Uso del Suelo del terreno de un area de 78.89 m2 que forma parte de un area mayor calificada para Reserva y Circulacion denominado Lote 5 de la Mz. 161-M, Parcela B - Parcela MORDAZA Poeta II del Asentamiento Humano MORDAZA Poeta MORDAZA MORDAZA, del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, y asignarle la calificacion de Residencial de Densidad Media (RDM), de conformidad con la zonificacion del entorno aprobado mediante Ordenanza Nº 1084-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de octubre del 2007, que aprobo el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.

Primero.- La presente Ordenanza Regional tiene por finalidad prevenir y eliminar la discriminacion en la Region MORDAZA, de acuerdo a lo establecido en el articulo 2°, inciso 2 de la Constitucion Politica del Peru. Segundo.- El Gobierno Regional MORDAZA reconoce la igualdad entre los seres humanos y rechaza toda discriminacion por razon de raza, sexo, religion, origen,

En MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2011 MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 666490-1

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