Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2011 (26/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, martes 26 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447299

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban disposiciones complementarias para la distribucion de los recursos provenientes de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios por los periodos en los que mantuvo vigencia el Decreto Legislativo Nº 978
DECRETO SUPREMO Nº 147-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27037 - Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia establecio una serie de beneficios tributarios a favor de diferentes localidades de la Amazonia, por un periodo de 50 (cincuenta) anos; Que, por el Decreto Legislativo Nº 978 se establecieron normas para promover la inversion y el desarrollo de la Region MORDAZA y de la Amazonia, a fin de incrementar prioritariamente la infraestructura y el gasto social, a traves de la transferencia de los recursos que se generen como consecuencia de la racionalizacion de las exoneraciones e incentivos tributarios en los departamentos, provincias y distritos comprendidos en dicha norma; Que, el Articulo 2° del Decreto Legislativo N° 978 establecio que la racionalizacion de exoneraciones e incentivos tributarios comprendia al Programa de Sustitucion Inmediata de exoneraciones e incentivos tributarios y al Programa de Sustitucion Gradual de exoneraciones e incentivos tributarios; Que, mediante los Articulos 9º y 13° del Decreto Legislativo Nº 978 se determinaron los montos a transferirse anualmente como consecuencia de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios tanto del Programa de Sustitucion Inmediata de exoneraciones e incentivos tributarios como del Programa de Sustitucion Gradual de exoneraciones e incentivos tributarios, senalandose que para las demas provincias o distritos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de MORDAZA, los montos se distribuiran entre las municipalidades provinciales o distritales, considerandose los criterios que se determinen por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-EF establecio los criterios en base a los cuales se distribuiran los recursos presupuestales a favor de las municipalidades provinciales o distritales de los departamentos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del

Departamento de MORDAZA, y se aprobaron los montos a distribuir; Que, mediante el Decreto Supremo N° 094-2009EF se aprobaron disposiciones reglamentarias para la distribucion de los recursos provenientes de la eliminacion de las exoneraciones e incentivos tributarios, correspondientes solamente al Programa de Sustitucion Inmediata de exoneraciones e incentivos tributarios, sin incluir al Programa de Sustitucion Gradual de exoneraciones e incentivos tributarios; Que, mediante la Ley Nº 29742, se restituye la plena vigencia de la Ley Nº 27037 - Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, y se deroga el Decreto Legislativo Nº 978 asi como sus normas complementarias, reglamentarias y conexas; Que, en ese sentido, es necesario dictar las normas correspondientes que permitan aprobar los indices de distribucion y los montos actualizados para la distribucion de los recursos que hubieran quedado pendientes de distribuir a favor de las municipalidades provinciales o distritales de los departamentos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de Loreto; Que, para tal efecto se debe tomar en cuenta que, en virtud de la Ley Nº 29661, el Programa de Sustitucion Gradual de exoneraciones e incentivos tributarios se encontro vigente solamente entre el 01 de enero y el 08 de febrero del presente ano; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de los indices de distribucion y de los montos a ser distribuidos Los indices de distribucion y los montos a ser distribuidos a cada una de las municipalidades provinciales o distritales de los departamentos de la Amazonia, incluida la Provincia de Alto Amazonas del Departamento de MORDAZA, por los periodos en los que estuvieron vigentes el articulo 9° y el articulo 13° del Decreto Legislativo Nº 978 seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Ministerial, sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales, considerando los criterios contenidos en el articulo 1° del Decreto Supremo Nº 079-2007-EF. Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 670961-1

DIARIO OFICIAL

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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